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El Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGFA) fue creado por la Ley 25.854, promulgada el 6 de enero de 2004 y tiene como objetivo principal formalizar una lista de aspirantes denominada "Nómina de Aspirantes".
La inscripción es única y tiene validez en todas las jurisdicciones adheridas. Desde el año 2017 todas las provincias se encuentran adheridas a la red de Registros.
En Río Negro, por Ley 3268, del año 1999, se creó el Registro Único Provincial de Aspirantes a la Adopción en el ámbito del Poder Judicial y posteriormente, en el año 2012, mediante la Ley 4764 la Provincia adhirió a la Ley 25854, modificando la Ley 3268, e incorporando como requisito esencial de los peticionantes, hallarse inscriptos en el correspondiente Registro, previo al otorgamiento de la guarda con fines adoptivos.
Así, en el marco de las funciones otorgadas por ley, el Superior Tribunal de Justicia dictó la Acordada N° 08/2017 por la cual se modificó el Reglamento del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos.
Acordaba 08/2017 - Reglamentación del Registro de Adoptantes
Ley 4109 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes
Ley 3268 de Creación del Registro Único de Aspirantes a la Adopción
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