Registro Público Juicios Universales

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Res. 0003-20-STJ (Implementa registro juicios universales)

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Res. 275-11 RPJU-S


El Registro Público de Juicios Universales, creado por ley K788 funciona en el Superior Tribunal de Justicia del Poder Judicial de Río Negro, y depende de la Secretaría de Gestión y Acceso a Justicia.

Por Resolución 275/11 del STJ, en septiembre del año 2011 se implementó un profundo cambio en el procedimiento de este Registro acortando los inicios de trámites sucesorios. Actualmente el Registro es público ya que cualquier interesado podrá consultarlo y saber, de este modo, si un juicio sucesorio ha sido iniciado o no, y en caso afirmativo saber quien, cuando y en que organismo judicial fue iniciado. La inscripción en el Registro la realiza el Secretario/a del Juzgado Civil en el cual se da inicio al trámite.

Si el trámite es iniciado por un abogado colegiado, el sistema irá informando al mail que el profesional tenga cargado en la base de datos, la preinscripción e inscripción en el RPJU y/o cambio de radicación del expediente si sucediera.

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