El Superior Tribunal de Justicia rechazó el planteo de inconstitucionalidad realizado por la Secretaria General de la UNTER contra “la resolución N° 1919/17 del Consejo Provincial de Educación” que estableció un descuento salarial en virtud del paro de actividades dispuesto por gremio docente en el mes de marzo de 2017 para “aquellos docentes que no se hubieran presentado a trabajar o desempeñado las obligaciones para los cuales fueran designados”. En la misma presentación, la Unter había solicitado que “se ordene la devolución de los montos descontados”.
El planteo central de la demanda era que “la norma impugnada se encuentra en pugna con garantías establecidas en la Constitución que contempla la inasistencia a las funciones laborales cuando se adopta en forma acordada y coordinada por los trabajadores mediante su sindicato y en aquellos supuestos de adhesión a una medida de fuerza gremial”.
Por su parte, el Estado provincial argumentó que “la ausencia de pago del día no laborado no afecta el derecho de huelga reconocido constitucionalmente, circunstancia que ha sido convalidada desde larga data por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia e incluso el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-. Enfatizan que pretender el cobro de la remuneración por los días no laborados implicaría una violación del derecho de igualdad respecto de quienes se presentaron a prestar servicios”.
La Procuradora General, Silvia Baquero Lazcano, dictaminó en contra de la pretensión de la Secretaria General de la UNTER, por no demostrar la colisión de las normas para declarar la inconstitucionalidad de la medida.
La decisión del STJ
El primer voto correspondió al Dr. Enrique Mansilla, quien afirma que “no corresponde el pago de salarios por los días de huelga, salvo que ella se funde en causas exclusivamente imputables al empleador. Mientras la responsabilidad del empleador no se funde en ley que razonablemente la imponga, ni en su conducta culpable o en una convención, la imposición del pago de salarios en los días de huelga vulnera los derechos que garantizan los arts. 14 y 17 de la Constitución Nacional”.
El voto cita frondosa jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y distintas jurisdicciones judiciales. “Si bien la huelga es un derecho que no puede ser causal de sanciones o represalias, ello no implica que proceda el reconocimiento de salarios por servicios no prestados ni puestos a disposición, en tanto no parece posible que, enfocada la huelga desde el plano colectivo, quede incólume el derecho de los trabajadores adherentes al cobro de los salarios por los días no trabajados si la medida no se adoptó a raíz de un obrar ilícito (doloso o culpable) del empleador que justifique tal proceder (…) Este Tribunal ha sostenido oportunamente que la suspensión de la relación laboral por motivo de huelga no da derecho, en principio, al cobro de salarios por los días no trabajados””, destaca.
Al parafrasear fallos de la Corte Suprema de Mendoza, expresa que “no es ilegítimo el acto administrativo que dispuso el descuento de salarios durante los días de huelga realizado por los trabajadores, siendo irrelevante el hecho que la huelga no haya sido declarada ilegítima pues lo que motiva el pago del salario es la conducta dolosa o culposa de la patronal que provoca la huelga, conducta que no se probó en la especie”.
Por su parte, la Dra. Liliana Piccinini, además de aherir al voto inicial, ahondó las líneas argumentales. Explica que “el derecho de huelga fue receptado en nuestro texto constitucional, a partir de la reforma del año 1957, en el artículo 14 bis, que en su segundo párrafo garantiza a los gremios el derecho de negociar colectivamente, a recurrir a la conciliación y al arbitraje y el derecho de huelga. De modo que el ejercicio del derecho de huelga, como una de las distintas manifestaciones que puede asumir la acción sindical, constituye una herramienta esencial para la lucha de los sindicatos y la concreción de sus fines”.
En cuanto a “la legitimidad del descuento que pueda practicarse por los días no trabajados ya la CNTrab. ha dicho que para tener derecho a la percepción de remuneraciones durante el período en que se desarrolló una acción directa, el trabajador debe probar la efectiva prestación de servicios en ese lapso, y que la falta de prestación de labores, torna improcedente el reclamo por los salarios”.
También recuerda que la Corte Suprema de Mendoza “declaró que para la procedencia del pago de salarios caídos debe comprobarse una conducta patronal culpable en la emergencia”.
“Por supuesto que los gremios y asociaciones preservan la posibilidad de tomar sus propias determinaciones para influir en la negociación de sus intereses, pero el Gobierno cumple su deber de proteger los intereses de todos, mediante la preservación de la integridad del patrimonio público. El derecho de asociación no se ejerce de cualquier modo, sino por cauces normativos, y de igual modo se ejercen todos los demás derechos, incluido el de huelga. No puede tomarse como sanción mantener el equilibrio de la relación laboral y el principio de que a toda labor ejecutada le corresponde una remuneración. Luego, no se resiente el derecho al trabajo, pues la relación laboral o reglamentaria supone el cumplimiento de las obligaciones que a cada uno de sus participes le corresponde”, argumenta el voto de la jueza Liliana Piccinini.
“Para la cesación del pago del salario por servicios no laborados, no es menester que haya una previa declaración de ilegalidad de la huelga, pues el soporte de la medida, como ha quedado determinado por la jurisprudencia, es la propia realidad de la relación laboral, de modo que no es posible erogar el dinero del patrimonio público sin que haya una debida contraprestación. La Resolución N° 1919/17 del CPE, no interfirió el derecho de asociación, tanto menos ejecutó un descuento por vía y naturaleza sancionatoria; solo preservó el erario público, lo cual no ha sido sorpresivo toda vez que como bien se colige de la documental arrimada por los accionantes el Ministerio dejó clara su posición al respecto (descuento de días no trabajados en marzo 2017) y ofreció recuperar los días de huelga del mes de abril; lo cual recibió el rechazo del gremio”, finalizó.
Por su parte, el Dr. Sergio Barotto adhirió al voto mayoritario, mientas que Adriana Zaratiegui y Ricardo Apcarián, habiéndose alcanzado la mayoría, se abstuvieron.
La jueza de Paz de Sierra Grande Daniela Aducci participó de un encuentro de jueces de paz en Misiones sobre violencia familiar y de género, protección de personas y trabajo en red.
La primera parte de la exposición se basó en los fundamentos legales, la Constitución y los Tratados Internacionales y las leyes vigentes en la provincia de Río Negro sobre violencia. Aducci expuso además sobre el trabajo que realiza la red institucional conformada en Sierra Grande.
“Me dieron la posibilidad de contar el trabajo que hacemos con la red, el abordaje integral que hacemos de la familia y la modalidad que aplicamos con los varones como novedad. Frente a una denuncia por violencia familiar siempre primero es atendida y contenida la mujer pero luego también citamos al hombre y en esa instancia también intervienen los distintos actores y profesionales de la red”, sostuvo Aducci.
Sobre este tipo de abordaje explicó que la red interinstitucional evita sacar lo peor del hombre cuando está acusado de algo que está haciendo mal. “Buscamos la manera de ayudarlo porque si existe trabajo intermedio y las personas son ayudadas cada uno puede continuar su ruta y no se repiten las historias. Desde ese lugar la red es muy importante porque estamos mirando algo que nadie ve, al hombre violento se lo señala pero no se lo trata y se presentan muchos varones con dificultades, con problemáticas que quizás arrastran desde la crianza”, indicó la jueza de Paz.
Durante su exposición, también se refirió a las intervenciones que realizan cada uno de los órganos del Estado: “trabajamos el miedo y las inseguridades y lo que se busca con la red es empoderar a cada uno de los actores en los puestos que ocupan dentro del Estado porque para eso se cubren esos lugares especiales para que sean tratados temas que no son tratados. El objetivo es lograr la humanización, el compromiso y así dar respuestas al que se está necesitando”.
Antes de viajar a Misiones Daniela Aducci reunió a la red institucional con la que trabaja en la localidad de Sierra Grande y sobre la base de la experiencia elaboró un video con los actores que integran el grupo de trabajo. El material se proyectó en las jornadas de la ciudad de Posadas con el objetivo de hacer participar a los distintos referentes de la ciudad.
La Red Interinstitucional de Sierra Grande está integrada por el Ministerio de Salud (trabajadores del área de Salud Mental y de Servicio Social del hospital); del Ministerio de Educación (supervisoras de los distintos niveles y profesionales de los Equipos Técnicos); por representantes del Municipio y de la Secretaría provincial de la Mujer y de la Niñez.
“Después del video se abrió un debate y lo importante es que se pudo mostrar que la Justicia no es fría y esto implica que la Justicia puede abrazar y dar soluciones desde otro lugar que no es la sanción. Si uno cambia las formas los resultados son otros por eso es necesario mostrarlo”, afirmó la jueza.
Las jornadas se realizaron el viernes de la semana pasada, en Posadas, y fueron organizadas por el Centro de Capacitación y Gestión Judicial del Poder Judicial de Misiones.
En tanto el sábado, la jueza Aducci fue convocada por el municipio de Montecarlo, también provincia de Misiones, a participar de otra actividad sobre redes interinstitucionales.
“En Montecarlo mi exposición se centró en el concepto de familia y la responsabilidad parental. Para que se pudiera entender ese concepto puse especial énfasis en la familia como célula elemental de Estado o sociedad. No importa como esté constituida: si es por dos varones o por dos mujeres o por hermanos. Lo importante es que quién se compromete con la responsabilidad parental de un niño pueda ayudar a que ese niño camine saludablemente hasta su mayoría de edad. Es necesario integrar la nueva realidad que hoy nos rodea”, culminó la abogada.
7961 personas se inscribieron en toda la provincia para los concursos de Maestranza y Servicios, convocados por el Poder Judicial de Río Negro.
Se trata de cuatro concursos, uno por cada circunscripción judicial. El rubro comprende al personal que realiza tareas de mantenimiento, cafetería y cadetería interna.
De acuerdo a las bases y condiciones del concurso publicadas y aceptadas por los participantes al momento de inscribirse, se preseleccionarán a aquellos postulantes que tengan título secundario y que vivan en la localidad donde está la vacante.
Luego de esta primera preselección por localidad se realizará un sorteo público, mediante el cual se asignará a cada persona un número de orden para ser llamado por localidad.
Se convocará inicialmente a las primeras 50 personas del sorteo para su evaluación. Tras los exámenes, se conformará un orden de mérito para cada localidad. A partir de allí, y de acuerdo a las vacantes, ingresarán.
En caso de agotarse ese orden de méritos y prelación, se convocará a las personas que hayan sido sorteadas del 51 al 100 para evaluarlas y conformar un nuevo orden, y así sucesivamente. Desde el área de Recursos Humanos están trabajando fuertemente para procesar la enorme cantidad de información provista por los casi ocho mil inscriptos. Se estima que en el mes próximo se podrá realizar el sorteo público.
El listado con el orden de prelación para llamar a los grupos tiene una vigencia de 3 años. Transcurrido ese período se puede llamar a una nueva inscripción o prorrogar su vigencia.
La ciudad con más inscriptos es Viedma, con 3210 anotados. Luego le siguen General Roca (2650), Bariloche (991) Cipolletti (889), Allen (819), Villa Regina (645), Choele Choel (389), Luis Beltrán (303), El Bolsón (266) y Catriel (155 inscriptos).
En el contexto de un recurso de amparo interpuesto por los padres de los alumnos que concurren a la escuela primaria 258 del barrio Rosauer se realizó hoy una audiencia ante la jueza de Familia Marissa Palacios.
Participaron los padres que presentaron el recurso, docentes, directivos y dos representantes del Consejo de Educación.
Como conclusión se destacó la actitud colaborativa de todas las partes en beneficio no solo de los niños que concurren al establecimiento sino también del resto de los chicos que habitan el barrio que utilizan el playón de la escuela para actividades deportivas y recreativas.
“Es importante destacar el espíritu colaborativo en una sociedad que tiende al individualismo, más allá de las obligaciones de los funcionarios públicos la comisión que se conformó integrada por padres y docentes está trabajando para mejorar las instalaciones del establecimiento y en definitiva todos se unieron el pos del interés superior del niño”, destacó la jueza de Familia durante la audiencia.
En un primer momento los amparistas informaron sobre los avances que se registraron desde que interpusieron el recurso, a mediados de septiembre. Se revisó el plan de acción que dispuso la magistrada y se destacó la colocación de nueva iluminación interior y exterior, lo que contribuyó a la seguridad y al cuidado del predio. También las cámaras de videograbación que se instalaron en el ingreso, en el sector del patio interno y pasillos. Los padres informaron que a través de la comisión que se conformó compraron cerraduras para los espacios comunes: cisterna, caldera y depósitos y también manifestaron que están llevando adelante una campaña de concientización para que la comunidad no arroje basura en el predio.
Por el Consejo Provincial de Educación asistieron el coordinador Luis Ríos y Néstor González, referente técnico del área de Mantenimiento.
La jueza Palacios, dispuso, como cuestiones prioritarias, el recambio de un vidrio en la puerta de ingreso y las reparaciones en el portón de ingreso.
El referente técnico del área de Mantenimiento informó que tienen trabajos proyectados para el receso, como por ejemplo el recambio de cañerías y la puesta en funcionamiento del baño de los docentes. Asumieron el compromiso de hacer los arreglos en el portón y de recargar los matafuegos en un lapso de tiempo breve.
La próxima audiencia se realizará el 6 de diciembre en el Juzgado de Familia N°7 de Cipolletti.
El objeto del amparo fue reclamar, entre otras cuestiones, por el cerco perimetral del establecimiento educativo. Los padres refirieron que estaba deteriorado y que, en consecuencia, se generaron espacios por donde ingresan perros y personas ajenas a la institución, lo que representaba un peligro para los niños que no sólo utilizan el patio en horario escolar sino con fines recreativos para jugar en el playón, por ejemplo, después de las 17:30 hs. El cerco fue reparado al igual que algunos boquetes por donde ingresaban roedores, según refirieron en la audiencia.
Delegación de Comunicación Judicial de Cipolletti
"Adopción, camino de encuentro" se denomina la jornada de capacitación que se realizará mañana en la sala de audiencias del edificio Pilmayquén.
Mañana viernes comenzará el curso formativo sobre “Protección Jurídica del consumidor”, que organizan la Escuela de Capacitación Judicial de Río Negro y Colegio de Abogados de Viedma.
Esta formación tiene como objetivo profundizar los conocimientos sobre los fundamentos, principios e institutos aplicables para la protección jurídica del consumidor, con especial énfasis en las modificaciones introducidas desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación.
Está destinado a Jueces de Cámara y Primera Instancia Civil, funcionarios de sus organismos, miembros de la Defensa Púbica y Abogados de la Matrícula.
Los capacitadores serán los doctores Julio Corenfeld, Gustavo Muiños, Matías Irigoyen Testa y Guillermo Ríos, todos docentes de la Universidad Nacional del Sur con sede en Bahía Blanca.
La capacitación se dictará en el auditorio de la sede central del Poder Judicial en Viedma, mañana 20 de octubre, el 3 y 10 de noviembre de 16 a 20 horas. El 11 de noviembre de 9 a 13 y cerrará el 24 de noviembre de 16 a 20 horas.
El Juzgado Federal con competencia Electoral de Viedma hace saber a la población que con motivo de las elecciones generales de este 22 de octubre se realizará la capacitación para el cumplimiento de la función de autoridad de mesa a los ciudadanos designados y a los postulantes inscriptos.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó los recursos extraordinarios federales interpuestos por los defensores de Horacio Javier Arias y Sergio Daniel Lirian condenados a ocho años de prisión por un robo en una chacra de Fernández Oro.
El STJ, en acuerdo con la Procuración, ajustó las resoluciones del Ministerio Público que implicaban la posibilidad de un incremento la estructura de personal de dicho organismo. La disposición no afecta los concursos en trámite para Defensores y Fiscales.
El Tribunal Electoral de la Provincia de Río Negro informó que el escrutinio provisorio de las categorías municipales de los comicios que se llevarán a cabo el 22 de octubre en las localidades de Coronel Belisle y Chichinales, se realizará en el Centro de Cómputos instalado a tal fin en la sede del Tribunal Electoral Provincial, ubicado en Laprida 325 de la ciudad de Viedma, a partir de las 18.
El propósito es incorporar los datos que corresponden a los resultados de esas categorías, no incluidas en el Recuento Provisorio Nacional. Los resultados serán publicados una vez cargado el 10% de los mismos en el sitio de internet del Poder Judicial, www.jusrionegro.gov.ar.
Se aclara que el Recuento Provisional de Resultados (Escrutinio Provisorio) es una actividad de carácter informativo que no tiene valor jurídico.
En Coronel Belisle se eligen dos concejales titulares y dos suplentes, por el término de cuatro años, a partir del 10 de diciembre de este año. El sistema electoral aplicable para el acto eleccionario convocado será el de voto directo, asignándose las bancas por el sistema D'Hont, con un piso del cinco por ciento (5%) sobre los votos válidos emitidos.
En Chichinales se eligen tres concejales municipales y tres suplentes, que durarán en el mandato dos años. También tres ciudadanos para el cargo de Revisores de Cuentas titulares y otros tres suplentes, también por un período de dos años.
El sistema electoral aplicable para la elección es el establecido en el Art. 132 de la Ley O N' 2431; voto directo, asignándose las bancas por el sistema D'Hont con un piso del 5% de los votos válidos emitidos