Surge de la sentencia que en 2020, el hombre comenzó a recibir mensajes y llamados telefónicos en los que le recriminaba una deuda con una tarjeta de crédito.
Después de realizar averiguaciones y de enviar cartas documentos llegó a un acuerdo con Tarjeta Naranja. En esa instancia le explicaron que la deuda correspondía a Tarjeta Nevada, aunque la primera entidad había absorbido a la segunda. El cliente negó en todo momento haber sido usuario de Tarjeta Nevada. Finalmente, en mediación, consiguió liberarse de la obligación de pagar.
De todas formas corroboró que figuraba en la base de datos del Banco Central de la República Argentina bajo las categorías 4 y 5, considerado como deudor "irrecuperable".
A raíz de esa información inició un juicio por daños y perjuicios ante el fuero Civil de Cipolletti. La sentencia es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelada.
Dentro de las pruebas que se presentaron, hubo una fotocopia que contenía la supuesta firma del cliente al momento de suscribirse a la Tarjeta Nevada. Pero la pericia caligráfica demostró que no le pertenecía al hombre. Los documentos originales no fueron aportados.
El fallo hizo lugar al reclamo y fijó una indemnización por daño punitivo y daño moral en favor del cliente.