Un Tribunal de Juicio condenó este jueves a dos hombres como coautores del homicidio de Carlos Omar Etchegaray y del intento de homicidio de su hermano Fernando, ocurridos la noche del 9 de marzo pasados en Roca.
Terminó en Viedma el ciclo de capacitaciones para el personal responsable de archivos en las cuatro circunscripciones del Poder Judicial, a cargo de Susana Ferrero, Directora del Archivo General del Poder Judicial. Fueron organizadas por la Escuela de Capacitación Judicial. De esta manera, culminó la formación en las cuatro ciudades cabecera.
La empresa que resultó adjudicada en la licitación para la construcción de la Ciudad Judicial de Cipolletti firmó hoy el contrato con el Poder Judicial que tendrá a cargo la ejecución y el control de todo el proyecto.
La UTE Dinale y Pecam cotizó 616.643.896 pesos en la oferta final, mientras que algunas de las otras empresas que participaron ofrecieron construir el complejo por cifras que superaban los 900 millones. El presupuesto oficial era de 644.082.031,04 pesos y el plazo de ejecución es de 900 días.
Una mujer de 61 años, que se desempeña como embaladora en un galpón de la fruta de la zona, se cayó en moto camino a la planta y sufrió múltiples traumatismos. Como la ley de Contrato de Trabajo contempla este tipo de contingencias será indemnizada por su ART en más de 400 mil pesos.
Una mujer de Allen contrató en 2011 un servicio de telefonía e internet para su casa, aceptando una promoción de 99 pesos mensuales por un año. Sin embargo, la primera facturación que recibió en su domicilio casi duplicaba el valor prometido, y así comenzó una historia de reclamos administrativos y judiciales que derivó, ahora, en una condena civil contra la empresa Telefónica de Argentina SA por más de 150.000 pesos, más los intereses acumulados desde el inicio del conflicto.
Al recibir la primera sobrefacturación, la mujer hizo un reclamo ante la Comisión Nacional de Comunicaciones, con sede en Viedma, y recibió una resolución favorable que ordenó a la empresa dar “estricto cumplimiento a la promoción ofrecida”.
El Tribunal de Impugnación (TI) resolvió que el procedimiento realizado en la vivienda donde fue hallado un bebé muerto en mayo último en Bariloche careció de validez, por lo que la evidencia obtenida en el mismo “debe ser excluida”. De esta forma, revocó la decisión del juez de revisión y confirmó lo resuelto por la jueza de garantías Romina Martini.
En la audiencia de formulación de cargos se reveló que la Fiscalía ingresó en dos oportunidades al domicilio de la madre del bebé, mientras esta se encontraba en el hospital. Primero a las 14.30 y luego a las 16.30, en un operativo que se extendió hasta la madrugada. Ninguno de los dos accesos contó con autorización de un juez. En la segunda oportunidad se halló el cuerpo del bebé.
El STJ consideró que el caso de los los planes de ahorro para adquirir autos cero kilómetros no debe canalizarse a través de un amparo, sino por otras vías. En primer término, porque se advierten intereses heterogéneos y situaciones de distinta índole entre los ahorristas. A su vez, el máximo tribunal ratificó que el caso se enmarca en la Ley de Defensa del Consumidor.
La resolución del Superior Tribunal de Justicia se da en el contexto de un expediente tramitado en Viedma. Sin embargo, por la obligatoriedad de aplicación de los fallos del STJ, esta decisión encausará diversas sentencias, e incluso contradictorias, que formularon juzgados a lo largo y ancho de la provincia para planteos similares. En Viedma, Choele Choel, Bariloche, Cipolletti y Roca se dictaron medidas distintas: retrotraer las cuotas a 2018, que no rebasen el 50 por ciento de aumento, denegatoria de los requerimientos y que no superen un porcentaje de los ingresos, entre otras.
Una jueza de garantías de Cipolletti solicitó quedarse a solas con una madre mientras se desarrollaba una audiencia en la que se abordaba una medida cautelar respecto de un adolescente. En esos minutos, la magistrada se sentó a la par de la mujer, la escuchó y se aseguró de que comprendiera los alcances técnicos de lo que iba a resolver.
La medida fue solicitada por la fiscalía debido a la situación que está atravesando un adolescente de la región quién no sólo se vio involucrado en episodios delictivos sino que también padece adicciones y, como consecuencia, afecciones en su salud.
El hospital privado regional HPR, la obra social nacional Unión Personal (UP), un médico cirujano y dos compañías de seguros deberán indemnizar, de manera concurrente, a una joven y su familia con una suma por por daños y perjuicios, habiendo quedado acreditado que existió una atención médica negligente cuando la chica sufriera lesiones, en un siniestro ocurrido mientras esquiaba en el cerro Catedral.
El juez del Superior Tribunal de Justicia Enrique Mansilla hizo lugar a la acción de amparo que presentó una mujer de Sierra Grande en nombre de su hijo de 11 años y ordenó a la obra social estatal que brinde la cobertura médica total y directa que el chico necesita, pero no mediante la la modalidad de reintegro.