La firma demandada no concurrió a la audiencia de conciliación obligatoria y fue declarada en rebeldía durante el trámite de la causa. En consecuencia el fallo le otorgó “presunción de verdad” a los hechos denunciados por la trabajadora.
Por ello se ordenó saldar la liquidación final consistente en el proporcional del aguinaldo correspondiente al año en curso al momento de extinguirse el contrato y los 14 días de vacaciones que la empleada no usufructuó. Esa suma representó 12.524,96 pesos más intereses.
El caso se tramitó antes de las medidas dispuestas para evitar la propagación de la pandemia del Covid 19. En consecuencia la decisión ya fue notificada.