En total, la cuestión le costará a Telefónica más de un millón de pesos, ya que anteriormente por la misma causa debió abonar una multa de 250.000 pesos impuesta por Comercio Interior.
La compañía telefónica le abrió una línea en una ciudad donde la vecina nunca vivió. Dicha línea le generó una deuda a su nombre y en base a ella, fue incluida como deudora en el Veraz desde julio de 2012 y hasta principios del 2016. Esto la colocó en la imposibilidad de aplicar para un préstamo Pro.Cre.Ar. para el cual salió sorteada en el año 2014. Así se lo informaron en el Banco Hipotecario al concurrir a una audiencia luego de haber salido sorteada.
A partir de tomar conocimiento de su inclusión en el Veraz, la mujer concurrió en reiteradas oportunidades a la sede Viedma de Telefónica, en la que solicitó información sobre la presunta deuda y pidió que se la excluya del registro.
Luego se presentó ante la ante la Dirección de Comercio e Industrias de la Provincia. Tras analizar el caso, la Agencia de Recaudación Tributaria impuso a la empresa demandada una multa de 250.000 pesos, confirmada en instancia judicial.
Luego, una intimación Ente Nacional de Comunicaciones, la proveedora procedió a retirar a la suscripta del Veraz y a remitir certificado de libre deuda de la línea de Mar del Plata.
El fallo
La sentencia enmarcó la demanda en el derecho consumeril, que “busca lograr un equilibrio entre quienes son partes a través de un sistema de protección jurídica a favor del más débil”. En este punto, cita fallos clave de la Corte Suprema y del Superior Tribunal de Justicia.
El fallo civil explicó: “a lo largo del procedimiento administrativo, y existiendo oportunidades para ello, en ningún momento la denunciada se responsabilizó por su obrar negligente (todo lo contrario) ni propuso fórmula conciliatoria alguna, actitud claramente demostrativa del acierto de la denuncia”
Se destaca, en cuanto a la relación de consumo, que “sin perjuicio de no haber solicitado la denunciante una línea telefónica a su nombre, fue precisamente la empresa de telefonía quien colocó a la primera en una situación equiparable a una usuaria, al adjudicar la referida línea, generar una deuda, exigirla e informar la misma al Veraz”.
También en el expediente constan testimonios que acreditan la situación de angustia de la usuaria e informes de profesionales de la psicología en el mismo sentido.
Luego, la sentencia analiza pormenorizadamente los rubros por daño que la demanda solicitó. También el concepto de “pérdida de chance”, ya que se frustró el acceso a un crédito del Pro.Cre.Ar. debido a encontrarse incluida en el Veraz.
Finalmente, condenó a Telefónica de Argentina S.A. a abonarle en el plazo de 10 días la suma de 133.272 pesos por daño moral, 274.511 pesos por pérdida de chance y 300.000 pesos en concepto de daño punitivo.