El veredicto se conoció hoy, a través del sistema de video conferencia, oportunidad en que el presidente del Tribunal, Sandro Gastón Martín dio a conocer el mismo.
En los fundamentos de la sentencia, la que se conocerá de manera integra el próximo 11 de Diciembre del año en curso a las 12,00 horas, se adelantó que el Tribunal arribó a esta conclusión luego de realizar el examen integral de toda la prueba. Se ha analizado la existencia material, la calificación legal y la participación y responsabilidad penal de ambos imputados, señaló el presidente del Tribunal.
En este contexto y con respecto a la existencia, el tribunal ha entendido que no se logrado, con el grado de certeza necesaria en esta etapa del proceso, sostener y demostrar que los hechos ocurrieron tal como lo indicara el Ministerio Público Fiscal. Se ha destacado que la prueba resulta escasa y permite tener más de una hipótesis, en relación a la manera en que ocurrió la muerte de Guillermo Garrido. Lo único que está claro, se ha consignado, es la fecha y hora de muerte cuando estaba en custodia de la Comisaría 12 de El Bolsón. También, se ha constatado, que la muerte no ha sido natural, "no obstante, de que manera fue, no ha sido posible acreditarse con la certeza que esta etapa requiere".
Asimismo se ha señalado que existe prueba que contradice la postura fiscal. En este marco se ha mencionado al testimonio de la criminóloga Viviana Emma Creimer, quien, "ha dado razones científicas que el resultado de la muerte no ha sido un suicidio, sino una acción deliberada de personas que tenían la custodia". Se han destacado los resultados de la pericia denominada autopsia psicológica, la que arriba al resultado que Garrido tenía un proyecto de vida y nada indica que se esté frente a un suicida. Por otra parte la acusación privada, -querella- en su alegato final, dada la realidad fáctica, se abstuvo de acusar a los imputados.
En definitiva, señaló el Juez Martin, no esta acreditado que los hechos sucedieron de la forma relatada por el Ministerio Público Fiscal. La ocurrencia histórica no está acreditada, por ello, se ha dicho, mal puede endilgarse la autoría de Homicidio Culposo a los dos imputados -Leiva y Oyarzún-
La sentencia se leerá de manera integra el 11 de Diciembre del año en curso a las 12,00 horas momento a partir del cual comenzaran los plazos recursivos.
Comunicación Judicial
Tercera Circunscripción