Nov 23, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

La jueza de garantías Sonia Martín consideró formulados los cargos por los delitos de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, portación de arma de fuego y amenazas con arma”.

La víctima del homicidio, ocurrido en Cinco Saltos, fue Daniel Emanuel Betonio y el acusado es Brian Ezequiel Amaya.

En la audiencia que se realizó este mediodía en Cipolletti, la jueza dispuso de 20 días más de prisión preventiva para Amaya. El fiscal Marcelo Gómez adelantó que concluyó con la producción de prueba en este caso y que solicitaría, en las próximas horas, el control de acusación, trámite que se realiza a través de la Oficina Judicial.

El hecho que la Fiscalía le imputó a Amaya ocurrió en Cinco Saltos en la madrugada del 6 de agosto en la vía pública. En este contexto un hombre discutió con el acusado y en consecuencia intervino la víctima. Fue en ese momento que Amaya extrajo un arma de fuego y le efectuó a Betonio un disparo en el abdomen.Falleció 12 días después mientras se encontraba internado.

Amaya ya cumplió un mes de prisión preventiva y en la audiencia de hoy la jueza de garantías extendió la medida cautelar por 20 días más hasta el control de acusación.

Delegación de Comunicación Judicial de Cipolletti

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por los defensores particulares de C.A.F condenado a la pena de prisión perpetua por el homicidio de una mujer en Catriel.

El 14 de diciembre de 2016, el STJ declaró mal concedido el recurso de casación de los mismos abogados y confirmó la sentencia de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti.

C.A.F fue condenado por el delito de “homicidio agravado por haber mantenido un relación de pareja con la víctima”.

En consecuencia, los defensores interpusieron un recurso extraordinario federal.

El STJ consideró en un fallo reciente que “la pena de prisión perpetua es una sanción legítima, que no puede equipararse a una tortura o trato cruel, inhumano o degradante. De lo anterior también se deriva que es errado sostener que se vulneró el derecho a un examen integral del trámite, puesto que se realizó el esfuerzo de revisión exigible en los términos del precedente Casal, del máximo Tribunal de la Nación. Entonces, los agravios ahora deducidos no bastan para demostrar la hipotética cuestión federal que ameritaría la habilitación de la vía excepcional que se intenta.  Que, en definitiva, el incumplimiento de los requisitos mencionados remite a lo establecido en el art. 11° de la acordada aplicable, lo que impide la habilitación de la instancia, por lo que cabe denegar el recurso extraordinario federal en examen, con costas”.

El hecho ocurrió en la ciudad de Catriel, el 20 de abril de 2014. Surge del expediente que a las 08:45 hs el imputado C.A.F. se hizo presente en el domicilio de la víctima C.N.V-con quien el imputado mantuvo una relación sentimental de varios años, de la que se encontraba separado-, y previo patear y romper el vidrio de la puerta trasera de la vivienda, ingresó al inmueble para luego dirigirse hacia donde se encontraba la mujer, momento en el que F. le asestó un corte con un cuchillo en la zona del cuello, generándole con su accionar una herida cortante en región anterior de cuello, que compromete tráquea, vasos del cuello y músculos, provocó su muerte.

El imputado se encuentra detenido con prisión preventiva. El fallo aún no se considera firme puesto que la defensa podría presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema.

Delegación de Comunicación Judicial de Cipolletti

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La Oficina de Género del Poder Judicial realizó un recorrido institucional en Alto Valle de Río Negro en el contexto del programa “Premura” que tiene por objetivo garantizar el cumplimiento de las Reglas de Bangkok creadas para orientar en el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres detenidas.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por los defensores particulares de C.A.F condenado a la pena de prisión perpetua por el homicidio de una mujer en Catriel.

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El Juez Gregor Joos, Vicepresidente del Foro de Jueces Penales ,  en audiencia oral y pública celebrada en horas del mediodía, tuvo por formulado el hecho , la calificación legal y la pretensión punitiva peticionada por el Fiscal Martín Govetto en causa por "Homicidio en Grado de Tentativa agravada por el vínculo y por haber sido cometido en contexto de Violencia de Género",  en la que se encuentra imputado Pablo Javier Cáceres, admitiendo de esta manera la Acusación Fiscal efectuada .

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La jueza de garantías Sonia Martín consideró formulados los cargos por los delitos de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, portación de arma de fuego y amenazas con arma”.

La víctima del homicidio, ocurrido en Cinco Saltos, fue Daniel Emanuel Vetoño y el acusado es Brian Ezequiel Amaya.

En la audiencia que se realizó este mediodía en Cipolletti, la jueza dispuso de 20 días más de prisión preventiva para Amaya. El fiscal Marcelo Gómez adelantó que concluyó con la producción de prueba en este caso y que solicitaría, en las próximas horas, el control de acusación, trámite que se realiza a través de la Oficina Judicial.

El hecho que la Fiscalía le imputó a Amaya ocurrió en Cinco Saltos en la madrugada del 6 de agosto en la vía pública. En este contexto un hombre discutió con el acusado y en consecuencia intervino la víctima. Fue en ese momento que Amaya extrajo un arma de fuego y le efectuó a Vetoño un disparo en el abdomen.Falleció 12 días después mientras se encontraba internado.

Amaya ya cumplió un mes de prisión preventiva y en la audiencia de hoy la jueza de garantías extendió la medida cautelar por 20 días más hasta el control de acusación.

 

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Los Jueces de Juicio Guillermo Baquero Lazcano, César Gutiérrez Elcarás y Pablo Repetto condenaron a 11 años de prisión a Pablo Gabriel Castillo por el robo ocurrido el 28 de agosto de 2015 en la empresa Pollolin S.A de Cipolletti.

Durante el hecho, que ocurrió a las 13:00 hs en la sede de la firma de calle San Luis 3011, el condenado Castillo junto a otros dos hombres que no fueron identificados, ingresaron a la zona del comedor donde se estaban realizando pagos y amenazaron a las personas con un arma de fuego. Incluso realizaron un disparo intimidatorio, golpearon a un empleado y encerraron a otros dos en una oficina contigua. A una mujer la tomaron del pelo y la arrastraron por el suelo. En esas circunstancias se apoderaron de 940.000 pesos y luego huyeron en un automóvil en dirección a la Ruta 151.

Al momento de valorar toda la prueba que se expuso durante el juicio, los magistrados ponderaron la grabación de una cámara de seguridad - si bien no se distingue el rostro del condenado Castillo la imagen coincide con las características de su persona - los reconocimientos en rueda y los contundentes testimonios de la gente damnificada que se presentó a declarar a lo largo de las audiencias del debate.

Castillo fue condenado por los delitos de  “robo calificado por el empleo de arma de fuego  en concurso ideal con portación no autorizada de arma de fuego de uso civil”.

Los jueces consideraron, al momento de graduar el monto de la pena, la violencia que utilizaron para cometer el robo y el hecho de que la empresa no solo no recuperó el dinero sino que tuvo dificultades para pagarles a sus empleados.

El imputado se encuentra en libertad sometido a las pautas de conducta impuestas durante la instrucción. El fallo aún no está firme porque la defensa tiene instancias recursivas para solicitar la revisión de la sentencia.

Delegación de Comunicación Judicial de Cipolletti

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Audio jueza Liliana Piccinini: https://soundcloud.com/user-737080766/liliana-piccinini-salon-gris

El Poder Judicial firmó hoy un convenio con el Instituto Provincial de Administración Pública (IPAP) para trabajar en conjunto en capacitaciones para el personal judicial. La firma se realizó en el Salón Gris de Casa de Gobierno, con la presencia del gobernador Alberto Weretilneck, el presidente del STJ, Ricardo Apcarián, la vocal del Superior Tribunal y titular de la Escuela de Capacitación Judicial, Liliana Piccinini, el presidente del directorio del IPAP, Martín Alcalde, funcionarios del Poder Ejecutivo y el Secretario General de la UPCN, Juan Carlos Scalesi.

La jueza Liliana Piccinini se refirió a la importancia para el Poder Judicial y para el desarrollo de las actividades de la Escuela de Capacitación de esta firma. Refirió que “la capacitación es una obligación constitucional del Poder Judicial” y resaltó la importancia de “aunar esfuerzos para la formación del factor humano”.

“El servicio de administración de justicia es un servicio público esencial que está llevado adelante a tracción del factor humano. En este marco, hemos considerado que estos convenios de mutua colaboración con la Academia -y en ella incluyo al IPAP-, son muy necesarios”. Destacó, en el mismo sentido, los acuerdos con la Universidad Nacional de Río Negro.

“El fin es formar, pero también capacitar y actualizar continuamente a los recursos humanos que integran el Poder Judicial. No solo a funcionarios y magistrados, como otrora se entendiera el rol de la Escuela de Capacitación, sino esencialmente a los agentes que día a día cumplen las tareas que motorizan el funcionamiento del servicio”, explicó la jueza.

Luego, destacó que el Poder Judicial tiene “un Plan Estratégico que hemos consensuado en el Superior Tribunal y que ha sido presentado en Bariloche con la presencia del Sr. Gobernador. En el marco de este Plan Estratégico hay comisiones. Una de ellas -que coordina el actual presidente del STJ, Dr. Ricardo Apcarián- tiene como fin agilizar, modernizar y actualizar nuestros circuitos administrativos. De allí que la capacitación en esta temática por parte del Instituto nos parece por demás interesante”.

Posteriormente explicó que “en la parte administrativa, el Estado debe tener un protocolo único de actuación para un mejor aprovechamiento de los recursos económicos”.

Finalmente, agradeció al titular del IPAP, Martín Alcalde, por “aceptar el desafío de conveniar, y a partir de este marco vamos a ir a los convenios individuales. Esto va a resultar sumamente positivo y nutritivo para la actividad institucional”.

 

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Se celebró en San Antonio Oeste una nueva audiencia entre las partes convocada por la jueza Vanessa Kozaczuk, en el marco del amparo ambiental presentado por vecinos contra el volcado de desechos de langostinos en zonas costeras, y se acordó “comenzar con la remediación en forma inmediata de la zona impactada, especialmente el relleno de las cavas”.

La decisión, refrendada por las partes, se tomó luego de escuchar la jueza los informes presentados por la Subsecretaría de Desarrollo Sustentable de la Provincia de Rio Negro y por los amparistas, junto al “compromiso de la Municipalidad de San Antonio para aportar la maquinaria necesaria para comenzar con el trabajo”. Las labores, según se dispuso, “deberán iniciarse antes del mes de octubre del corriente año”.

Por otra parte, se convino que “en el resto del área impactada, las partes de común acuerdo realizarán otros estudios del suelo a los fines de determinar los desechos y su posible remediación, toda vez que los amparistas manifiestan la existencia de líquidos aceitosos que van desde la zona afectada y hacia la banquina de la Ruta Nacional N° 3”.

Desde la presentación del amparo ambiental ante la jueza Vanessa Kozaczuk, titular del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9 de San Antonio Oeste, se tomaron diversas medidas: se prohibió arrojar desechos de langostino en la zona afectada y posteriormente se llegó a un acuerdo sobre una nueva localización para este tipo de desperdicios.

Ahora, de acuerdo al cronograma de prioridades acordado en sede judicial, resta la remediación ambiental. A partir de este acuerdo en la audiencia sobre roles y equipamiento, es inminente el inicio de las labores.

Se arribó a esta audiencia luego de varios encuentros dónde la Secretaría de Desarrollo Sustentable de la Provincia ha hecho distintos estudios sobre el suelo y la zona a remediar por el desecho de los langostinos. Los amparistas también han aportado análisis para solucionar la contaminación del lugar. También ha habido colaboración de la Subsecretaría de Pesca de la Provincia y aportes en relación a este tema del Instituto de Biología Marina de San Antonio Oeste y de la Fundación Inalafquen. A las audiencias, además, han concurrido siempre la Fiscalía de Estado de la Provincia y la Municipalidad de San Antonio Oeste.

Los informes que la Subsecretaría de Desarrollo Sustentable de la Provincia de Rio Negro entregó en sede judicial incluyeron: un muestreo del anegamiento de la banquina sobre la RN 3; un análisis bacteriológico realizado por Aguas Rionegrinas en el predio de la RN 3 km 1146; un informe del Departamento Provincial de Aguas con la descripción del escurrimiento de aguas residuales de PDLC en área de Cerro Banderita; y un informe del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca informe sobre posibles acciones a realizar para mitigar y/o recuperar el predio que se destinó como depósito de material residual de la pesca de langostinos, realizado por la Dirección de Bosques y Desarrollo Forestal, de la Provincia de Río Negro.

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El Juez Gregor Joos realizó hoy en horas del mediodía audiencia de control de acusación prevista en el artículo 162/3 del nuevo Código Procesal Penal en la causa que tiene como imputado a Pablo Jesús Cáceres por Homicidio en Grado de Tentativa agravado en contexto de violencia de género, cuya víctima resultara Yanina Muñoz, ex pareja del imputado. El hecho ocurrió en inmediaciones del Barrio Ada M. Elflein de Bariloche el pasado 26 de Mayo del año en curso.

En la audiencia se escuchó en primer lugar al Fiscal Martín Govetto quien mantuvo la formulación del hecho y la calificación legal. En cuanto a la pretensión punitiva enmarcó la misma en una pena de 13 a 18 años de prisión. Por su parte el apoderado de la querella Sebastián Arrondo adhirió .

En tanto el Defensor Particular de Cáceres, Horacio Brucellaria solicitó la nulidad en pos del "saneamiento" del proceso , fundamentando la postura. Solicitó se declare la nulidad y se retrotraiga la causa a la etapa de audiencia de formulación de cargos. Tanto la Fiscalía como la Querella rechazaron el planteo.

Al resolver el Juez no hizo lugar al planteo de la defensa toda vez que existen suficientes elementos que permiten considerar que no se encuentra afectado el derecho de defensa y el derecho del imputado Cáceres. Previo al ofrecimiento de las medidas probatorias el defensor de Cáceres manifestó que  va a probar que Cáceres no es el autor del hecho imputado.

Finalmente las parte ofrecieron las medidas de prueba, testimoniales, Documentales, periciales etc. Luego de esta presentación el Juez evaluará las medidas ofrecidas y las oposiciones realizadas. Se ha fijado nueva fecha de audiencia para el próximo 6 de Setiembre.  La causa, luego de la evaluación que preve el artículo 168,  estará en condiciones de la apertura a juicio.

Delegación de Comunicación Judicial de San Carlos de Bariloche

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