El Poder Judicial de Río Negro expuso los avances tecnológicos en contexto de COVID19 en la segunda jornada virtual federal “Justicias Provinciales en tiempos de pandemia”, que organizó la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y CABA (Jufejus) a través de su Instituto de Innovación Tecnología y Justicia.
Un caso de violencia que tuvo como víctima a una mujer transgénero que no había tramitado su cambio de nombre fue tratada por la Justicia de Paz en el marco de la Ley de Identidad de Género. De esta manera, si bien las actuaciones se iniciaron en una comisaría de Cipolletti con los datos que figuraban en el documento y que correspondían a un varón, la resolución que dispuso una prohibición de acercamiento empleó la identidad autopercibida.
El Judicial es el Poder del Estado encargado de hacer cumplir la ley. Actualmente, la norma que rige el comportamiento ciudadano e institucional es el Decreto 297/2020, que dispone el aislamiento social obligatorio para toda persona no incluida en las tareas esenciales.
En noviembre del año pasado, cuando tuvo que despedir para siempre a su marido después de muchos años de convivencia, ella desconocía el panorama que tendría que atravesar al culminar ese verano. El aislamiento social, preventivo y obligatorio la encontró en soledad, con 69 años y viuda, en un departamento de planta alta de la ciudad de Cipolletti.
Sufría de presión alta y su estado se agravó cuando supo que los médicos habían suspendido la cirugía de rodilla que tenía programada para fines de marzo.
Debido al aislamiento extremo, sumado a los dolores físicos, “su situación se ha convertido en una tortura”, aseguró la mujer, sin poder compartir con sus hijos y nietos esta difícil situación que le toca vivir. Todo ello confluyó en “una gran angustia al no saber cuánto tiempo más durará esta situación”, sostuvo.
Olga, que es el nombre ficticio elegido para relatar este caso, decidió solicitar ayuda psicológica pero encontró la sede de su obra social cerrada. Recurrió al Colegio de Psicólogos y allí le suministraron el listado de profesionales que trabajan bajo la modalidad de teleasistencia y/o teleconsultas. Sin embargo luego se encontró con un segundo escollo: la obra social no autorizó esa modalidad.
Olga afirmó que su edad (y también sus patologías) la colocaban en un grupo de mayor vulnerabilidad y que en esas circunstancias no podía exponerse a una sesión en un consultorio de la ciudad.
Ante este panorama recurrió al Poder Judicial y allí contó todo lo que le estaba sucediendo. La historia quedó redactada en una acción de amparo que tramitó ante el Juzgado Civil N°1 de Cipolletti.
En el fallo se consignó que la normativa obligatoria emitida por el Ministerio de Salud a través de Resolución nº 282/2020 de la Superintendencia de Servicios de Salud dispone que mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio los agentes de seguro de salud deberán implementar y fomentar el uso de plataformas y/o teleconsultas a fin de garantizar las prestaciones de demanda esencial.
“En efecto, en casos como el de autos la Justicia debe tomar intervención a fin de que el derecho a la salud de un ciudadano no se vea vulnerado o se torne ilusorio por las demoras del propio sistema, ello en el entendimiento de que las personas tienen el derecho a disfrutar del más alto nivel de salud física y mental”, dice la sentencia.
Por ello se resolvió que la obra social tendrá que implementar las medidas necesarias para otorgar efectiva cobertura de atención psicológica a la amparista según la modalidad requerida (teleconsulta) u otra afín o igualmente posible durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, teniendo en consideración su avanzada edad y su calificación como persona de riesgo ante la pandemia epidemiológica por la propagación del virus COVID-19.
A través de una videollamada de whatsapp, la mamá y el papá de un niño de un año lograron llegar a un acuerdo en el contexto de aislamiento por la pandemia COVID 19 sobre el régimen de comunicación que mantendrán, superando así un conflicto de vieja data.
El acuerdo llegó utilizando las herramientas y el protocolo para casos de mediación que el STJ aprobó. Río Negro fue la primera provincia en regular estos métodos autocompositivos en contexto de aislamiento social obligatorio.
El proceso de mediación se había iniciado poco antes de la pandemia. Se habían desarrollado audiencias privadas por separado, teniendo en cuenta la normativa vigente y la manifestación de ambos de no querer estar uno en presencia del otro.
El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General informaron que decidieron suspender la actividad presencial para mañana martes en la Ciudad Judicial de General Roca, para realizar las tareas de desinfección correspondientes, tras darse a conocer que un agente contrajo coronavirus.
El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General decidieron hoy prorrogar el receso extraordinario en los términos que había dispuesto la Acordada 15 de este año, aunque con horario de trabajo presencial ampliado.
El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General decidieron hoy prorrogar el receso extraordinario en los términos que había dispuesto la Acordada 15 de este año, aunque con horario de trabajo presencial ampliado.
En el marco de la sumatoria de servicios durante la pandemia, el Poder Judicial gestionó con diferentes instituciones la tramitación digital de oficios por parte de organismos judiciales, abogadas y abogados.
Un fallo ordenó a Youtube la eliminación de videos que habían sido publicados por una persona cuando era niño. La disposición llegó tras el pedido del propio usuario, hoy adolescente, que al olvidar la contraseña no podía borrar de la red esas filmaciones. El joven era hostigado por sus compañeros con esos videos antiguos.