En esta audiencia el Fiscal Adjunto Tomás Soto Daher lo imputó haber propinado, a principios de Diciembre, un golpe de puño a quien era su mujer, ello en el interior de la vivienda que habitaba junto a su ex pareja y su pequeña hija.
Asimismo imputó un segundo hecho ocurrido el 17 de Diciembre pasado luego de una discusión, ocasión en la que volvió a amenazar a su ex mujer. En esta oportunidad además le propinó un golpe con un vaso en la cabeza.
En su alocución el Fiscal Adjunto manifestó que la relación del imputado y la mujer denunciante tiene una historia de 10 años con antecedentes de violencia, denigración, celos y control por parte del imputado. Al fundamentar la formulación de cargos, señaló, entre otros elementos probatorios, el informe interdisciplinario del Juzgado de Familia, el informe de la Oficina de Atención a la Víctima -OFAVI- , los informes del Cuerpo Médico Forense y de la Casa Refugio de la Mujer de Bariloche.
Por su parte el hombre imputado, asistido por su abogado, el Defensor Oficial Juan Pablo Laurence ,afirmó que nunca ha golpeado a su ex mujer. Si admitió haber tenido discusiones, al entender que su ex mujer no le brinda los cuidados necesarios a la beba que tienen en común. Por su parte el defensor solicitó un término de cuatro meses para completar la investigación, señalando que existen contradicciones que deben ser investigadas y evaluadas.
Al momento de resolver el Juez de Garantías tuvo por formulados los hechos y otorgó cuatro meses a las partes para completar la investigación. Ordenó como medida cautelar, la prohibición de acercamiento.
Señaló previo a la finalización de la audiencia, que en el transcurso de la investigación, las partes podrán acercar y realizar nuevas pruebas si fuera necesario. Por último el Juez destacó que tanto el régimen de comunicación como la cuota alimentaria de la niña será resuelto en el ámbito del Juzgado de Familia.