El 3 de febrero de este año, la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti condenó a Jorge Antonio Arguello a la pena de 18 años de prisión por el homicidio de Gonzalvez. El tribunal le aplicó la calificación legal como co-autor del delito de “homicidio simple”.
A su vez, la Cámara Primera declaró penalmente responsables por el delito de “homicidio simple” en carácter de co-autores a dos menores de edad que participaron del hecho ocurrido en Cipolletti el 11 de abril de 2015. En la sentencia se difirió el tratamiento respecto de la imposición o no de pena debiendo los menores continuar internados en un instituto provincial.
Después de la sentencia, el fiscal de cámara Gustavo Herrera interpuso un recurso de casación. Alegó que en este caso se configuró alevosía y enseñamiento, que agravarían la calificación legal por la que fueron condenados los imputados.
El juez del STJ Sergio Barotto consideró que “la presentación del Ministerio Público Fiscal satisface prima facie los requisitos formales que el rito impone, por lo que es eficaz para habilitar esta instancia extraordinaria”. En consecuencia propuso declarar bien concedido el recurso de casación. Las juezas Liliana Piccinini y Adriana Zaratiegui adhirieron al criterio sustentado.
En esta instancia, el STJ notificó y dio intervención a la Defensoría General y a la Fiscalía General para que se expidan respecto de la casación. Concluidas las instancias y plazos procesales previstos para este tipo de recursos, el máximo Tribunal provincial resolverá los planteos.
Al momento de dictar sentencia, los jueces de Cipolletti consideraron lo siguiente:
“La prueba respecto de la participación de los tres imputados resulta directa, clara, abundante y categórica. Consecuentemente juzgo por acreditado, con el grado de certeza requerido por la etapa que en fecha 11 de abril de 2015, (entre las 05:45 y las 06:42 hs.), aproximadamente a las 06:00 hs., los imputados Jorge Antonio Arguello, C.B.A. (menor de edad) y P.J.A. (menor de edad), atacaron a Pablo Nicolás Gonzalvez, en circunstancias que se hallaba en la Plaza ubicada sobre calle Fernández Oro, entre la desembocadura de calles Sáenz Peña e Italia de Cipolletti, a quien en forma coordinada golpearon con elementos romos y duros, en todas partes de su cuerpo, fracturándole el cráneo, al tiempo que le causaron cortes con vidrios de botellas, posteriormente lo rociaron con nafta prendiéndolo fuego a la altura del tórax y rostro. Luego de lo cual, lo asfixiaron sumergiéndolo en el agua depositada en la fosa del sistema de riego de dicha plaza, y de esta manera le causaron su muerte”.