La jueza de garantías Florencia Caruso fijó un plazo máximo de 18 meses de detención con prisión preventiva en la causa que están involcurados José Forno y Sandro Gerez Derbes, entre otros.
En la audiencia que se realizó esta tarde, las defensas de los dos imputados solicitó que se fijara un plazo razonable de prisión. Para ello realizó una extensa interpretación de los códigos procesales penales de Rio Negro y de normas con rango constitucional.
Ocurre que en esta causa la investigación comenzó con el código procesal anterior, donde los imputados fueron acusados por 18 hechos – la mayoría robos calificados – y luego procesados con prisión preventiva.
Además de Forno y de Gerez Derbes hay otros involucrados bajo la figura de asociación ilícita.
La Fiscalia, en cambio, habia solicitado un año más de prisión preventiva a contar desde mañana. Basó su petición en el análisis de escuchas telefónicas para un cotejo de voz.
Los 18 meses fijados por la jueza Caruso, según aclaró la magistrada al momento de resolver, se deben contar desde el momento de la detención de los imputados, es decir la primera semana de mayo de 2016.
El código procesal penal en Rio Negro cambió el 1 de agosto. En función de ello, la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 167 estableció que las causas que habían quedado en los juzgados de instrucción con el anterior código debian pasar a la Fiscalía para comenzar a regirse con la nueva ley procesal.