La ley de Tránsito establece que para realizar un giro debe respetarse la señalización y observar las siguientes reglas: advertir la maniobra con suficiente antelación mediante la señal luminosa correspondiente. Circular desde treinta metros antes por el costado más próximo al giro a efectuar. Reducir la velocidad paulatinamente, girando a una marcha moderada. Reforzar con la señal manual cuando el giro se realice para ingresar en una vía de poca importancia o en un predio frentista, entre otras.
En el caso juzgado un único testigo que se encontraba ese día en la plaza que está en inmediaciones de las calles Santa Cruz y Buenos Aires confirmó que la maniobra de la conductora del Fiat Palio había sido sorpresiva y que no había reunido los recaudos que exige la ley de Tránsito.
Ese testimonio fue valioso puesto que el hombre no conocía a la demandada ni al damnificado. Las pericias también corroboraron tal situación.
El motociclista, de 40 años, debió ser trasladado al hospital luego de haber embestido la puerta delantera izquierda del Fiat Palio. Debido a la maniobra el auto se convirtió en un obstáculo insalvable para la moto, al invadir su carril sin ningún aviso.
Los médicos acreditaron que la víctima había sufrido una compleja fractura con desplazamiento de tobillo, que requirió prótesis y rehabilitación. El grado de incapacidad laboral se fijó en un 25%.
Con toda esa información el fallo condenó a la conductora del Palio a resarcir al motociclista por la suma de 1.448.972 de pesos. Eso incluye el daño físico, el daño moral, los gastos de reparación de la moto, la privación de uso y desvalorización y los gastos de prótesis y farmacia.
La sentencia es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelada.