Nov 24, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Fallo judicial no le permitió a un prestamista cobrarse deuda con el dinero de una sucesión

Visto 2080 veces
Valora este artículo
(0 votos)

Dos hombres de Cipolletti quedaron inmersos en un litigio judicial a raíz de un préstamo de dinero que uno le hizo al otro. Primero se realizó un juicio ejecutivo, luego una denuncia penal por estafa y ahora un proceso por fraude al acreedor. El último fallo no permitió tomar el dinero de una sucesión.

La deuda ronda los 200 mil pesos aproximadamente, más los intereses, y se produjo a raíz de un préstamo que un hombre le hizo al otro. Como el acreedor no lo pudo cobrar en su totalidad le inició al deudor un juicio ejecutivo en el Juzgado Civil N°1 de Cipolletti.

Como respuesta a ese proceso, el deudor radicó una denuncia penal por estafa por abuso de firma en blanco. Adujo que el documento suscripto tenía serias irregularidades ya que la deuda era inexistente.

Como la causa penal no prosperó, el acreedor comenzó a ejecutar la deuda sobre los bienes del deudor. Primero le embargó una camioneta Toyota y después fue por la sucesión de su madre fallecida en 2013.

En esas circunstancias descubrió que el deudor había cedido sus derechos hereditarios mediante escritura a su hermano y a su padre. El acto de cesión, a título gratuito, implica que el hombre ya no tenía derechos sobre los bienes de esa sucesión y por ende el acreedor no podría cobrarse con ese dinero.

Fue así que el acreedor abrió un nuevo proceso judicial para conseguir que se declarara la “inoponibilidad de la cesión de derechos”, es decir que le permitieran ingresar a la sucesión para poder cobrarse la deuda.

Sostuvo que se estaba ante un caso de fraude a los acreedores, puesto que el deudor se había empobrecido deliberadamente para agravar su estado de insolvencia e impedir el cobro del dinero del préstamo.

De ese proceso judicial surgió que el acreedor no presentó prueba suficiente para acreditar esa condición ya que no reunió los requisitos establecidos por la ley en este tipo de procesos. Es más, con el transcurso del tiempo el deudor fue realizando pagos parciales. Tampoco se presentaron informes (ni de vehículos o inmuebles) que acreditaran el estado de empobrecimiento del deudor. Sobre la base de esas conclusiones el fallo no le permitió al acreedor tomar dinero de la sucesión de la madre del deudor.

MÁS LEÍDAS