Este porcentaje para el trabajador no representa las secuelas que padece, y por ello entabló una demanda judicial.
En el expediente, el perito dejó constancia de que el trabajador padeció un accidente de trabajo que le provocó un traumatismo en la región lumbar, con dolor posterior. Seguidamente, el médico afirmó que el trabajador “presenta una limitación funcional a la flexión y rotación a izquierda, contracturas paravertebrales a predominio izquierdo”.
Los jueces laborales de Viedma, tras analizar la totalidad de la prueba, resolvieron elevar al 13,35 por ciento el porcentaje de incapacidad que padece el trabajador. Como consecuencia, ordenó a Prevención ART S.A. que proceda a calcular y abonar las prestaciones dinerarias por incapacidad definitiva de acuerdo con el porcentaje de incapacidad aquí reconocido.