A raíz de la supuesta mora, el BCRA lo calificó de manera negativa bajo la “situación 2”. En consecuencia cuando se encontraba tramitando un crédito ante otra entidad se lo negaron debido a esa condición.
La demanda se presentó en el Juzgado de Paz de Cipolletti bajo el mecanismo de menor cuantía y la jueza Gabriela Lapuente resolvió condenar al Banco Patagonia a pagarle al cliente la suma de 8 mil pesos, que incluyó el daño moral (3 mil pesos) y daño punitivo (5 mil).
Dice la sentencia: “en el caso la demandada ha informado indebidamente una situación crediticia y dicha circunstancia continuó al menos hasta la fecha del informe presentado por el actor hasta el mes de octubre de 2.019 aún ante los reclamos que el mismo realizó, habiéndose probado el trámite ante la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor). Estos es, la demandada tiene conocimiento de la situación, como mínimo, desde el mes de noviembre del año 2.018, lo cual posee -a mi criterio- una entidad suficientemente grave”.
Menor cuantía
Las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz. El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.