La querellante, con el patrocinio letrado de Julia Mosquera, pidió el rechazo del recurso y el sostenimiento de la sentencia atacada. En el fallo se describe que “la querella señala también el error en que incurre el recurrente al enfatizar en ítems ya resueltos en la instancia pertinente, dado que relata cuestiones de índole procesal, critica la valoración realizada por el Tribunal de Juicio y refiere temáticas relativas a su desempeño profesional, ajenas todas a este estadio procesal pues fueron abordadas por aquel, así como por el Tribunal de Impugnación y este Superior Tribunal”.
En el fallo se explicó que no se advirtió vulneración de la defensa en juicio ni arbitrariedad en la decisión “puesto que en las instancias previas se había valorado en forma conjunta y concatenada el plexo probatorio reunido en autos, a la vez que las objeciones del letrado resultaban insuficientes para desvirtuar las bases de la condena impuesta”.
Por último el STJ afirmó: “Es evidente que el recurso en examen no logra desvirtuar la motivación reseñada, sino que vuelve sobre alusiones y reflexiones de índole general o sobre temáticas ya tratadas suficientemente en las instancias anteriores y en esta sede, lo que sella su suerte adversa”