Nov 25, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Vídeo: El Juez Héctor Leguizamón Pondal explica la Conversión de la acción penal pública en privada

Visto 3087 veces
Valora este artículo
(0 votos)

En el marco del convenio entre el Superior Tribunal de Justicia y la emisora estatal Canal 10, en el noveno y último video sobre la Reforma Procesal Penal, el Juez de Juicio de San Carlos de Bariloche Héctor Leguizamón Pondal explica brevemente los conceptos de Conversión de la acción penal pública en privada.

Video para ver, descargar o vincular en el Canal de Youtube del Poder Judicial: 

 

De esta manera se completa la zaga referidos al nuevo Código Procesal Penal. De los micros participaron la Jueza Laura Pérez explicó las Claves de la Reforma; el Juez Daniel Tobares argumentó sobre la Oralidad y publicidad del proceso; el Juez Guillermo Bustamante mencionó los conceptos de Más Derechos para las víctimas; el Juez Maximiliano Camarda se refirió sobre la Prisión Preventiva; el Juez Marcelo Chironi explicó el significado de la Sentencia Firme; Juan Martín Arroyo abrevó sobre los Criterios de oportunidad; la Jueza Florencia Caruso detalló el concepto Probation Final y el Juez Gastón Martín se refirió al Juicio Abreviado.

Ante cualquier delito de acción pública el Fiscal representa el interés del Estado y de la víctima en la solución del conflicto. Sin embargo por diversos motivos fundados puede ocurrir que desestime o archive la causa”; explica el Juez Leguizamón Pondal.

Continuó: “Gracias a los nuevos derechos que incorporó el Código Procesal Penal esa decisión no significa que el caso quede automáticamente cerrado, porque la víctima puede apropiarse de la acción penal e impulsar personalmente la investigación”.

El magistrado amplió: “En primer lugar, puede pedir que el Superior revise la decisión del Fiscal que ordenó el archivo y si la respuesta es favorable un nuevo Fiscal deberá seguir adelante con el caso. Si la respuesta es negativa la víctima siendo querellante puede pedir al Juez continuar la causa en forma autónoma convirtiendo la acción penal pública en una acción privada. En ese caso la función de la víctima a lo largo del proceso será similar a la que cumple el Fiscal pudiendo solicitar el auxilio judicial para las diligencias que no pueda realizar por si misma”.

Por último, afirmó: “Además el código dispone que todas las denuncias que son desestimadas o archivadas pueden reabrirse si aparece una nueva información de relevancia”.

Oportunamente, el Superior Tribunal de Justicia firmó con Canal 10, la emisora de TV pública provincial, un convenio de cooperación para “realizar y difundir micros audiovisuales sobre los mecanismos de acceso a justicia, formas alternativas de resolución de conflictos y temas judiciales de interés para la población de la provincia de Río Negro”.

Bajo este convenio, se desarrollaron 18 cortos audiovisuales. En primera instancia, con las juezas de Familia explicando la Reforma del Código Civil y Comercial.

MÁS LEÍDAS