Nov 14, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Rechazan recurso de la fiscalía y querella en la causa de asociación ilícita

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El juez Álvaro Meynet de Cipolletti rechazó este mediodía el recurso interpuesto por la fiscalía y la querella en la causa de “asociación ilícita” que tiene como principal acusado a José Forno. Con esta resolución, el magistrado convalidó la decisión adoptada hace unos días por el juez Julio Sueldo, quién otorgó un plazo de 15 días para morigerar la prisión preventiva y colocarle al imputado un dispositivo de seguimiento electrónico.

En la parte resolutiva, el juez de juicio Álvaro Meynet indicó que la Oficina Judicial deberá articular las gestiones pertinentes y necesarias para agilizar lo dispuesto por el magistrado Julio Sueldo respecto al dispositivo electrónico y el plazo otorgado.

Al momento de analizar el recurso, Meynet recordó que esta causa tramitó con el anterior Código Procesal Penal y que tanto Forno como Sandro Gerez Dervez están detenidos desde mayo de 2016 y fueron indagados y procesados por el juez de instrucción del viejo sistema bajo la figura de “asociación ilícita” el primero (Forno) en calidad de organizador.

Indicó Meynet que ese mismo año, la Cámara del Crimen confirmó los procesamientos y prisiones preventivas.

Luego se remitió a su resolución del 26 de octubre de 2017, cuando ya estaba en vigencia el nuevo Código Procesal Penal. “En octubre pasado fallé frente a una causa cruzada por dos sistemas procesales claramente diferentes y más allá de la normativa dije que había que hacer una interpretación armónica de las garantías en juego y que era posible tutelar el derecho a un plazo razonable”.

Recordó Meynet que en aquel momento consideró el pedido de las partes acusadoras – fiscalía y querella – para que se prorrogara el encierro cautelar con el objetivo de realizar una “única prueba pericial de audio de voz” para avanzar a la etapa siguiente. Entonces admitió esa petición y otorgó un plazo de ocho meses que fue consentido por las partes acusadoras.

La defensa, en cambio, recurrió y el Tribunal de Impugnación de la provincia se expidió y confirmó la decisión del juez Meynet “alertando categóricamente sobre la extensa duración del proceso y exhortando a sus actores a darle mayor celeridad al trámite”, enfatizó el magistrado.

Consideró el juez Meynet que a partir de aquel momento el impulso procesal correspondía a la fiscalía y a la querella. Debía producirse la prueba pendiente y avanzar a la fase siguiente a pesar de que hasta el momento no hay fecha de juicio ni se avanzó al control de acusación.

En la audiencia del 2 de julio, sostuvo Meynet, la fiscalía no  informó sobre la medida probatoria (pericia de voz), ni se hizo mención a nuevos peligros procesales ni a ninguna maniobra procesal dilatoria por parte de las defensas.

Antes de rechazar el recurso, el juez aseveró que “la actividad impulsora del proceso está en cabeza de las acusadoras (fiscalía y querella) y que los hechos fueron confirmados por la Cámara Segunda hace dos años y aún no se avanzó a la etapa siguiente”. Indicó que las partes acusadoras “reclaman más tiempo” sin aludir cómo ni en qué insumieron los tiempos otorgados desde octubre del año pasado a la fecha.

 

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