Según el artículo 262 de la Ley de Concursos y Quiebras "la valuación de las acciones o cuotas representativas del capital en el caso del artículo 48, estará a cargo de bancos de inversión, entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, o estudios de auditoría con más de diez (10) años de antigüedad", agregando la norma que "cada cuatro (4) años la Cámara de Apelaciones formará una lista de evaluadores".
Sin embargo en la circunscripción no existen este tipo de entidades ni tampoco se registran inscriptos en el listado de evaluadores. Ante esta imposibilidad, el juez sugirió a la sindicatura para llevar adelante este trámite “ya que posee un conocimiento acabado de pasivo y activo de la empresa, tanto el pre como el post concursal” y podría “establecer el correspondiente valor de las acciones”.
Esta propuesta fue puesta a consideración del comité de acreedores, es decir de las personas físicas o jurídicas con las que Embotelladora Comahue S.A mantiene deudas.
Una vez que el comité de acreedores resuelva tal situación, el trámite de salvataje seguirá su curso legal.
El plazo de inscripción en el registro de salvataje venció el pasado jueves 10 de mayo.