En el marco del convenio entre el Superior Tribunal de Justicia y la emisora estatal Canal 10, en el séptimo y anteúltimo video sobre la Reforma Procesal Penal, el Juez de Juicio de General Roca, Gastón Martín explica brevemente el significado del Juicio Abreviado.
Video para ver, descargar o vincular en el Canal de Youtube del Poder Judicial:
La jueza Itziar Soly declaró inadmisible los dos acuerdos de juicios abreviados a los que habían arribado la Fiscalía y las Defensas de Roberto Fortete y Alfredo Navarrete por corrupción de menores, que implicaba la aplicación de una pena de tres años de prisión en suspenso.
El argumento central de la magistrada para rechazar el acuerdo es que, conforme a los hechos descriptos, los casos no pueden encuadrarse como corrupción de menores, sino como facilitación de la prostitución infantil. El primero tiene un mínimo de pena de tres años y el segundo, de cuatro.
La jueza de Paz de Cipolletti hizo lugar a una demanda por “menor cuantía” y condenó a cuatro empresas a abonarle a una clienta la suma de 28.827,86 pesos por una computadora portátil que adquirió y dejó de funcionar en el transcurso de una semana.
En marzo de este año, la clienta adquirió vía telefónica en Compumundo S.A una notebook marca VAIO que le costó 16.999 pesos.
Una semana después, se acercó al local comercial ubicado en el Portal de la Patagonia de la ciudad de Neuquén ya que el equipo no se encendía. Allí le informaron que tenía que llamar a la garantía de VAIO.
El Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Enrique Mansilla, junto a Alfredo Bozzetti Director del Centro de Planificación Estratégica y su equipo; participaron de distintas reuniones de trabajo para compartir los nuevos Proyectos y presentar el último libro de Planificación del STJ.
Estos encuentros se enmarcan en una recorrida provincial con el objetivo de visitar personalmente a quienes están participando de la Planificación Estratégica, conocer sus vivencias y necesidades en un espacio de encuentro colaborativo que invitó a repensar y proyectar el trabajo cotidiano.
Esta última semana, se compartieron reuniones junto a los referentes de las distintas Unidades de Planificación que incluyeron al Centro Judicial de Mediación (Ce.Ju.Me) y oficina de Atención al Ciudadano en San Carlos de Bariloche y las Casas de Justicia de El Bolsón e Ing. Jacobacci.
En la ultima jornada de la tercera semana del juicio seguido contra empleados y jefes policiales por los homicidios de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco el Tribunal integrado por los jueces Marcelo Barrutia, Juan Lagomarsino y Emilio Riat, y las partes escucharon el testimonio de Rodolfo Patricio Aballay, quien integrara la fuerza policial de la provincia de Río Negro y fue cesanteado por la misma. Cabe señalar que el testigo llegó hasta el cargo de Sub Comisario de la misma y dijo estar desocupado en la actualidad.
El Superior Tribunal de Justicia, en un fallo publicado hoy, dispuso que el intendente de Sierra Grande, Nelson Iribarren, carece de legitimación para solicitar la inconstitucionalidad de la Ley N° 5227, que prohibió la instalación de centrales de generación de energía nucleoeléctrica de potencia en todo el territorio de la Provincia.
El STJ recordó en el fallo que “la legitimación, como presupuesto de la acción, requiere de modo insoslayable su invocación y acreditación. La omisión en el cumplimiento de esta carga configura un obstáculo insalvable para la procedencia de la misma”
“La acción de inconstitucionalidad originaria corresponde a quienes tengan un “interés” en la declaración de inconstitucionalidad de la norma en cuestión”, dice el fallo. Y agrega: “al interés concreto debe sumársele el agravio o perjuicio ocasionado; esto es, una significativa afectación de derechos constitucionales, de tal gravedad que la declaración de inconstitucionalidad se presente como inevitable. No basta con que quien accione cuente con un móvil genérico o abstracto, pues el interés es la medida de la acción y el Superior Tribunal de Justicia no se expide en abstracto”, explica.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Cipolletti entendió que en este caso particular se encontraban involucrados los derechos de una persona con capacidad restringida, quien merece especial tutela de acuerdo a lo establecido por las leyes 26.378, 25.280 y 22.431.
En primera instancia la compañía Telefónica Móviles Argentina S.A. había sido condenada a pagar 19.900 pesos más intereses por ofrecerle y habilitar servicios a un cliente que tenía su capacidad restringida y requería acompañamiento de su curador para suscribir actos jurídicos que implicaran disposición de bienes.
Surge del expediente civil que la empresa demandada admitió el cambio de la línea que pasó del modo “prepago” a un “abono mensual” con la correspondiente emisión de las facturas.
Una pluralidad de fotografías fueron expuestas y analizadas hoy por la reportera gráfica Alejandra Bartoliche en otra jornada del juicio por los homicidios de Sergio Cárdenas y Nicolás Carrasco. El Tribunal integrado por los Jueces Marcelo Barrutia, Juan Lagomarsino y Emilio Riat escuchó el testimonio de la fotógrafa de la agencia Telam sobre el registro fotográfico realizado en las fechas y en el lugar donde ocurrieron los hechos que se están ventilando en juicio oral y público. Bartoliche explicó que arribó a la zona a las 10,30 horas y considera que sacó más de mil fotografías.
El Tribunal integrado por los Jueces Marcelo Barrutia, Rubén Marigo y Emilio Riat condenó a un sujeto mayor de edad, vecino de esta localidad, a la pena de diez años de prisión, como autor penalmente responsable del delito de "Abuso Sexual gravemente ultrajante por su duración, agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente".