La clienta de una entidad bancaria de Cipolletti será indemnizada por la suma de 24 mil pesos por la habilitación de dos seguros que no se ajustaron al procedimiento previsto en la Ley de Defensa del Consumidor. El fallo consideró que la información brindada fue totalmente insuficiente y que no cumple con las condiciones mínimas de un contrato.
La mujer firmó la documentación para que el Banco Patagonia le habilitara una cuenta sueldo en 2012 pero luego empezó a advertir débitos automáticos correspondientes a un seguro de vida y otro por robo en cajeros, ambos de la compañía Sura S.A.
En el marco de la “Conmemoración del Día Internacional de la Mujer ”– 8M” la Oficina de Derechos Humanos y Género del Poder Judicial organiza una Video Conferencia a cargo de la Dra. Fabiana Sosa sobre “Violencia en el trabajo. De qué hablamos cuando hablamos de violencia en el trabajo?. Hacia la conceptualización de la violencia laboral -La experiencia normativa”.
Un hombre de Cipolletti recibirá una indemnización para reparar su casa luego de los daños provocados por la construcción de un edificio en el predio contiguo. El perito determinó que la excavación provocó el descenso de la fundación de los ambientes del inmueble lo que generó grietas y fisuras en muros, cielorrasos, revestimiento y pisos.
El edificio fue construido en el centro de Cipolletti y el hombre que tiene su casa en el terreno de al lado convocó a un escribano el mismo día que la empresa colocó el cartel de la obra. Surge del acta que su vivienda se encontraba, hasta ese momento, en perfectas condiciones de conservación.
Sin embargo cuando comenzó la excavación para levantar la torre de departamentos, el propietario empezó a advertir las primeras fisuras y grietas. El fallo civil ordenó una indemnización de 359.406,87 pesos más intereses para llevar a cabo todos los arreglos necesarios.
En un primer momento, los reclamos se canalizaron en el Juzgado de Paz de Cipolletti pero cuando se advirtió que el monto presupuestado superaba el límite de los procesos de menor cuantía el caso pasó al Juzgado Civil N°1.
Cuando el ingeniero designado como perito visitó el inmueble, con la obra del edificio ya en marcha, constató que la excavación realizada en el predio lindero oeste provocó el asentamiento (descenso) de la fundación de los ambientes del sector oeste de la casa lo que generó grietas y fisuras en muros, cielorrasos, revestimiento y pisos.
A su vez, el mismo escribano que había ido la primera vez observó en una segunda visita que la casa presentaba numerosos e importantes daños entre ellos manchas de humedad, filtraciones, cerámicos levantados y grietas de tamaño considerables.
El juez que dictó la sentencia concluyó que el resultado de la pericia “denota coherencia y razonabilidad” y por ello hizo lugar a la demanda sobre la base de la opinión técnica. Con posterioridad la Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó el fallo.
El Superior Tribunal de Justicia rechazó un planteo de un hotel de Bariloche y confirmó un fallo a favor de un grupo de trabajadoras que se desempeñaron como mucamas durante la temporada estival. La sentencia inicial afirmó que había existido discriminación, ya que el hotel alegó un bajo desempeño, pero no lo acreditó.
El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración aprobaron un protocolo sanitario para la realización de los juicios por jurado en el territorio rionegrino.
Hasta el momento, hay dos casos -uno que se desarrollará en Roca y otro en Viedma- que están confirmados que se someterán a jurados populares, ya que la pretensión fiscal es una pena mayor a 12 años.
El objetivo de la Acordada es “establecer una metodología para la realización de Juicios por Jurados Populares implementando una serie de medidas de prevención que permitan satisfacer las diferentes etapas del enjuiciamiento, en consonancia con los protocolos y recomendaciones que deben ser respetadas” por las partes que intervienen. Prevé garantizar el distanciamiento social, el uso de barbijos, la higiene de manos, entre otros puntos.
Un habitante de Catriel enfrentó un juicio en Cipolletti por el delito de violación de medidas contra epidemias. Como tenía antecedentes, deberá cumplir seis meses de prisión efectiva.
La sentencia, del 5 de marzo, receptó el acuerdo entre la fiscalía y la defensa particular del condenado. El Ministerio Público le imputó dos hechos ya que, en plena cuarentena, el hombre fue interceptado en la calle sin permiso para circular ni declaración jurada que acreditara su condición de personal esencial.
Anoche la jueza de turno autorizó la urgente ablación de órganos peticionada por la fiscal, tras la comunicación de profesionales médicos del Hospital Zatti. El paciente falleció ayer a las 14 y “no había expresado su decisión negativa hacia la donación, tornándolo así donante automáticamente”.
El Poder Judicial intervino ya la persona internada había resultado lesionada en el marco de un siniestro vial ocurrido en la mañana el viernes en Viedma, hecho que se encuentra bajo investigación con la carátula homicidio culposo.
El Consejo de la Magistratura
El trámite se realiza íntegramente digital a través de la página web institucional del Poder Judicial. El periodo habilitado para postularse se inicia el 17 de marzo hasta el 23 de abril a las 13:30 horas.