De manera cautelar, sin definir por el momento el fondo de la cuestión, el STJ reafirmó esta semana la suspensión de la ordenanza del Municipio de Chimpay que permite el uso de radares de control de velocidad en la ruta nacional 22. En la misma decisión, el STJ se declaró competente para seguir interviniendo en el caso hasta definir si la ordenanza es inconstitucional o no y convalidó la legitimación de la Provincia para impulsar el proceso.
Un hombre que está detenido desde el año pasado tendrá que indemnizar a la madre de un motociclista cuya muerte se produjo en un incidente vial en Cipolletti. El condenado recibió la pena de tres años y seis meses de prisión por ese hecho y fue hallado responsable civil. El monto está sujeto a distintas tasas de interés por ello el cómputo final debe calcularse al momento del pago.
Un Tribunal de Juicio declaró culpable al único imputado por el homicidio de Jorge Dionisio Coraza, ocurrido en Roca la madrugada del 2 agosto de 2020. La víctima, un hombre de 62 años, murió en el hospital a causa de la golpiza que sufrió en su domicilio del barrio Gauna, en el marco de una larga historia de conflictos con el imputado. Por el hecho fue condenado esta semana Martín Emilio Tripailao, un hombre de 32 años, quien se encuentra cumpliendo prisión preventiva.
Una entidad bancaria no podrá descontar cuotas de un préstamo a un cliente que, aparentemente, fue víctima de una estafa. La medida cautelar fue dispuesta en El Bolsón.
Una mujer, víctima de violencia de género, recibió un botón de pánico como medida de protección. Cuando el agresor se asomó por la ventana de su casa, ella activó el dispositivo electrónico y concurrió la policía. El hombre fue condenado después en un juicio abreviado que se hizo en Cipolletti.
La denuncia fue canalizada en uno de los juzgados de Familia de Cipolletti que ordenó, además de la colocación del dispositivo electrónico, contención y seguimiento para la damnificada. La jueza de familia dispuso también una prohibición de acercamiento del agresor hacia la víctima, medida que comúnmente se denomina “perimetral”.
Una obra social fue condenada en una sentencia de amparo a proveer la medicación que necesita una afiliada que padece epilepsia. El fallo le ordena repetir la entrega de las pastillas cada vez que las recete el médico tratante de la mujer, “con la sola presentación de la orden médica”, y siempre con anticipación suficiente para garantizar que la paciente nunca se quedará sin los anticonvulsivos.
La sentencia del Juzgado Civil N° 31 de Choele Choel advierte que en caso de incumplimiento, la obra social OSECAC deberá pagar una multa por cada día de demora en la entrega de la medicación y que se dará intervención a la justicia penal en caso de negarse arbitrariamente a cumplir.
Un hombre que trabajaba en un supermercado mayorista sufrió una seria lesión en la rodilla, que le dejó una incapacidad permanente. El operario transportaba en un auto elevador productos en un pallet, cuando las maderas se rompieron. Al intentar descender, pisó un pozo y cayó con el pié trabado hacia un costado.
Inmediatamente escuchó un sonido extraño en la rodilla, seguido de molestia, dolor e inflamación. Se hizo la denuncia del accidente ante la ART del Autoservicio Mayorista Diarco S.A. y el trabajador fue enviado a la guardia del Sanatorio Austral, donde lo examinaron y le hicieron placas.
A la semana siguiente le indicaron un estudio médico de resonancia en la Clínica Viedma, y después de diez días lo derivaron a la ciudad de Bahía Blanca, donde fue examinado por una traumatóloga. Por la sesión fue intervenido quirúrgicamente.
Posteriormente fue dado de alta y la Comisión Médica emitió su dictamen con un porcentaje de incapacidad que el trabajador consideró equivocado e insuficiente. Inició una demanda para que se le reconozca un porcentaje de más del triple de lo concedido.
En el expediente, los apoderados de Galeno ART aceptaron la cobertura, pero defendieron el porcentaje de incapacidad de la Comisión Médica. Dejaron sentado que hicieron el depósito correspondiente.
Oportunamente se realizó un informe pericial médico en el cual figuraba que la rodilla derecha del trabajador estaba estable sin signos de flogosis ni edema, signos meniscales negativos. Sin embargo, se observó limitación funcional en la flexión con extensión completa.
Tras revisar todos los antecedentes y realizar los cálculos correspondientes, la Cámara Laboral de Viedma condenó a Galeno ART S.A. a abonarle al trabajador medio millón de pesos, aproximadamente, más los intereses.
Un hombre de Cipolletti adquirió una moto Honda, modelo CBR 600 F2, pero sólo abonó la primera cuota de 15 mil pesos. El vendedor le envió dos cartas documentos, lo citó a una mediación, pero no consiguió la cancelación del negocio. Ahora será indemnizado por el precio total más los intereses.
Un reencuentro familiar estuvo a punto de frustrarse por la pandemia del Coronavirus. El padre, de 73 años, vive en Cipolletti y su hija en Buenos Aires. Luego de superar años de distancia, ambos aceptaron vincularse legalmente. Ella pretendía sumar el apellido paterno después del materno, pero por las restricciones sanitarias y su edad, el hombre no pudo viajar. Un fallo de Familia salvó esa circunstancia.
Una niña que sufrió graves heridas en un accidente en su jardín de infantes deberá ser indemnizada únicamente con dinero en efectivo y no con una parte en títulos públicos, como pretendió el representante de la Provincia en el juicio civil.
La posibilidad de pagar parcialmente con bonos los juicios perdidos por el Estado la autorizó la Legislatura Provincial a través de la Ley 5429, que declaró “el estado de emergencia pública en materia económica, financiera y fiscal” en Río Negro y que tuvo vigencia entre enero y diciembre de 2020. Allí se estableció que las sentencias que debiera pagar la Provincia en todo ese año serían en efectivo hasta 500.000 pesos y serían en bonos desde esa suma en adelante.