Mediante la Resolución N° 967/17 el Superior Tribunal de Justicia dispuso la cobertura básica de servicios y funcionamiento de organismos jurisdiccionales durante la feria judicial de enero para la Segunda Circunscripción Judicial.
El Tribunal compuesto por la jueza Daniela Zágari en su carácter de presidente, y los magistrados Carlos Reussi y María Luján Ignazi, condenó hoy a la pena de prisión perpetua a Jonathan Davil Nahuelfil, por considerarlo autor material y penalmente responsable del “Homicidio calificado para consumar otro delito”, cuya víctima resultara el maestro Hugo Gabriel Ortiz Nievas.
El Juez de Garantías Ricardo Calcagno tuvo por formulado cargos en relación a Luis y René Ricardo Boock, argentinos, hermanos entre si, y vecinos de esta localidad, por estelionato, en audiencia oral y pública realizada hoy, y ordenó medida de no innovar en relación a toda transacción comercial que se intente en el lote ubicado en Barrio Melipal Tercero, acceso calle Chaco, con denominación catastral 19-2-C-006-01 mientras dure la investigación del hecho denunciado.
El Superior Tribunal de Justicia confirmó “en todas sus partes” la sentencia dictada el 27 de marzo de 2017 por la Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma, que condenó a 5 años de prisión al destituido juez Juan Bernardi por el delito de promoción de la corrupción de menores, y a Julio Antueque a 12 años de prisión por el delito de facilitador de actos de corrupción de menores y facilitador de la prostitución de una menor de edad.
Lo hizo luego de haber revisado la sentencia “en forma integral”. De esta manera, rechazó el planteo de las Defensas.
A más de cinco años de haber asumido la Presidencia del Comité de Informatización de la Gestión Judicial, el juez del Superior Tribunal de Justicia Sergio Barotto decidió dejar de desempeñar tal función, lo que fue aceptado por sus pares, acordándose entonces que tal Presidencia sea ejercida, a partir del 1 de febrero del año próximo, por el juez Ricardo Apcarian.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la decisión de una Cámara Criminal de Cipolletti que denegó la suspensión de juicio a prueba solicitada por un hombre y una mujer acusados por estafas a través de una cooperativa de viviendas.
La Cámara Laboral Segunda de Bariloche, integrada por los Jueces Alejandra Paolino, Jorge Serra y Carlos Cuellar, hizo lugar a una demanda planteada por una trabajadora que se desempeñó bajo las ordenes de "Servicios Integrados Bahia Blanca", -empresa de servicios tercerizados- desde Noviembre del 2006 a Septiembre del 2015, condenando a la misma a abonar a la mujer indemnización e intereses por despido.
La empresa mencionada prestaba servicios para diveras entidades, entre ellas el Banco Nación de El Bolson, lugar donde la mujer desarrolló tareas de maestranza.
La relación laboral se interrumpió al cesar la contratación por parte de la entidad bancaria. No obstante la empresa de limpieza adujo "razones de fuerza mayor".
La sentencia condenó a "Servicios Integrados Bahía Blanca" a indemnizar a la trabajadora con los intereses que correspondieran en el término de diez días de de aprobada la liquidación con costas a la demandada. Cabe señalar que este fallo puede ser apelado.
En los fundamentos, la sentencia consigna que la "fuerza o causa mayor"alegada se refiere a aquellos hechos naturales o causados por el hombre, que por sus particularidades producen consecuencias que no se pueden evitar y tampoco prever.
Es así que cuando en el ámbito jurídico se verifica su existencia, morigera o libera a las partes de sus obligaciones contractuales. No obstante debe distinguirse de aquellas causas que no se pueden evitar pero sí prever, que se denominan caso fortuito, y de las simples negligencias que son casos que se pudieron evitar.
En este caso, y luego de merituar la prueba, ha consignado el Tribunal que la falta de renovación de un contrato constituye una circunstancia, si bien inevitable, perfectamente previsible.
En lo sustancial, el fallo recoge la demanda de la mujer, entendiendo que al no haber acreditado que la suspensión dispuesta en relación a la trabajadora se fundara en una justa causa, -ya que la falta de renovación del contrato no constituye un supuesto de fuerza mayor-, debe considerarse inválida y por lo tanto el despido indirecto sobreviniente, resulta imputable de manera exclusiva y excluyente a la empleadora.
"El núcleo litigioso está dado, por la causal esgrimida por la empresa para justificar la suspensión, es decir la invocada fuerza mayor", señala el voto rector.
El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de 14 años de prisión que había dictado la ex Cámara Criminal Segunda de Roca contra el autor de un homicidio ocurrido en Chimpay la madrugada del 28 de febrero de 2016.
Por Resolución 967 de este año, la presidencia del STJ resolvió la cobertura de los servicios y funcionamiento de los juzgados de los diferentes fueros durante el mes de enero.
El 15 de febrero a las 11 horas se abrirá la licitación para la construcción de oficinas destinadas al Superior Tribunal de Justicia (STJ), al Consejo de la Magistratura y a la Gerencia Administrativa de Cipolletti.
La construcción de edificios propios del Poder Judicial en toda la provincia es una de las políticas institucionales trazadas por el actual Superior Tribunal de Justicia.