Nov 13, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Compró un horno eléctrico pero no calentaba lo suficiente: le devolvieron el dinero con intereses

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Un cliente de Cipolletti adquirió un horno eléctrico con el objetivo de habilitar un emprendimiento comercial. Sin embargo, a poco de probarlo descubrió que el aparato no calentaba lo suficiente. En el servicio técnico tampoco le solucionaron el problema y por ello recurrió al juzgado de Paz de la ciudad donde obtuvo un fallo favorable.

El expediente transitó bajo el mecanismo de menor cuantía y el cliente no tuvo la necesidad de contar con patrocinio letrado. Se corroboró durante el proceso que el horno fue sometido a reparaciones, aunque siguió sin funcionar. 

En un primer momento el hombre hizo un reclamo ante la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor. En esa instancia, la empresa se comunicó para informarle que el aparato ya estaba reparado y por eso cerró la conciliación y fue a retirar el horno. 

Entonces descubrió que el desperfecto persistía. En el juzgado de Paz directamente reclamó la devolución de dinero. El fallo hizo lugar a la pretensión y consideró el tiempo transcurrido entre que se advirtió el mal funcionamiento, se envió el electrodoméstico al service y el cliente lo retiró. Por eso la sentencia no solo consideró el valor del horno sino los intereses por el plazo de un año. Esos intereses superan el valor inicial de la compra. La firma condenada fue D.F. Megafrío S.R.L

Las acciones de menor cuantía permiten a la ciudadanía resolver reclamos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un juzgado de Paz.

El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.

El Poder Judicial rionegrino tiene 49 Juzgados de Paz, extendidos en todo el territorio provincial. Constituyen, en muchos casos, la opción más cercana a la hora de resolver conflictos vecinales o realizar determinados trámites.

Los procesos de menor cuantía se inician en los juzgados de Paz con un formulario en carácter de demanda, a través del cual se reclama un monto en pesos a la contraparte.

El monto máximo previsto para los procesos de menor cuantía es de 300 mil pesos.

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