En una primera instancia se le diagnosticó politraumatismo que afectó mayormente su columna vertebral. Luego formuló la denuncia ante la ART, la que reconoció la contingencia y le realizó estudios complementarios por imágenes con tratamiento kinésico hasta que recibió el alta médica. Posteriormente, como consecuencia de la lesión vertebral que sufrió por el accidente, fue intervenido quirúrgicamente, y “le practicaron una artrodesis de L4, L5 y S1”.
Por su parte, el apoderado de la ART negó los hechos. En el informe pericial se explicó que el policía sufre de “lumbalgia bilateral, síntomas y signos de Lumbalgia post traumática”.
En el fallo se explicó que “no puede desconocerse que el episodio puntual denunciado por el actor encuadra en la definición de ´accidente de trabajo´ del art. 6 de la L.R.T., que concibe como tal al acontecimiento que reúne las variables de ´súbito y violento´, ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo. Ello así, porque fue precisamente durante el lapso en que se encontraba cumpliendo con sus labores cuando se desencadenó el hecho que lo lesionó”.
Por último, la Cámara Laboral condenó a Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. a abonar al policía la suma de 1.092.009,85 pesos más intereses.