La niñera consignó en la demanda que trabajaba seis días, desde las once de la mañana hasta las nueve de la noche. Como no pudo soportar esa carga horaria renunció luego de dos semanas en el puesto. Cuidaba a un nene de nueve años.
El juicio tramitó íntegramente con expediente digital y la audiencia ante la Cámara Laboral se llevó adelante conforme los protocolos sanitarios.
Sin embargo la parte demandada no se presentó a la audiencia de conciliación. Luego fue declarada en rebeldía. En consecuencia el tribunal aceptó las pruebas ofrecidas por la trabajadora.
El fallo realizó los cálculos sobre la base de lo que correspondía cobrar bajo el encuadre normativo previsto por la ley Nº26.844. Ello incluye los 15 días trabajados, el pago de las horas extras, el proporcional de aguinaldo y las vacaciones no tomadas.
La sentencia también condenó a la empleadora a cargar con los costos del juicio y a pagarle honorarios al abogado que asesoró a la niñera.