El Tribunal Colegiado integrado por los Jueces Marcelo Barrutia, Ricardo Calcagno y Héctor Leguizamón Pondal condenó hoy a Cristian Fabián Juanico - ex policia-, la pena de 10 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, al considerarlo autor penalmente responsable de "Homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego". La sentencia se conoció de manera inmedita a la culmnación del juicio de cesura.
Ocho trabajadores de temporada oriundos de Salta prestaron hoy declaración testimonial en el juicio oral y público que se sigue contra los siete efectivos policiales imputados por su presunta responsabilidad en la privación ilegítima de la libertad y posterior homicidio de Daniel Solano.
Todos los testigos compartieron con la víctima el trabajo rural que realizaba en Lamarque la temporada de noviembre de 2011, cuando ocurrió el hecho que se investiga. Varios de ellos, además, estuvieron con Solano o lo vieron en el local bailable de Choele Choel donde fue visto por última vez.
La titular del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 de San Antonio Oeste, Vanessa Kozaczuk, hizo lugar a una medida cautelar de no innovar con carácter urgente, relacionada con el amparo ambiental por contaminación del plomo en esa localidad. La presentación dio inicio al expediente N° 1973/2018 “Llonch Patricia Alejandra y otras c/ Taym S.A. y otras s/ medida cautelar” y tiene como finalidad que no se cierre la celda donde se están disponiendo los desechos.
La decisión judicial tiene "carácter preventivo y cautelar" y ordena "la prohibición de innovar respecto de la situación de hecho y de derecho imperante en relación al cierre de la celda ubicada en el paraje Mancha Blanca del departamento de San Antonio, debiendo mantenerse su estado hasta tanto se dirima el fondo de la cuestión en los autos principales o por la vía que corresponda".
El STJ, con el voto rector del Juez Ricardo Apcarián, rechazó recurso de apelación presentado por una firma comercial de Bariloche, quien también había solicitado el pedido de inconstitucionalidad de la resolución que establece la jornada "Noche sin Alcohol". De esta manera ratificó el fallo de la Cámara de Apelaciones con respecto a la resolución N° 1604-I-12 dictada por el Intendente Municipal y la sentencia del Juzgado de Faltas Municipal que impusiera sanción de multa, más la clausura de un local por el término de diez días, en razón de haberse constatado una trasgresión a la denominada "Noche sin Alcohol" que establece la prohibición de venta de bebidas alcohólicas, instituida por la Ordenanza N° 2064-CM-10.
La mujer ingresó a trabajar en 2013 a la Obra Social de Obreros Empacadores de la Fruta de Río Negro y Neuquén, sede Cipolletti. Transcurrido un tiempo reclamó una recategorización con el argumento de que se encontraba realizando tareas que correspondían a una jerarquía mayor a la registrada.
Después de insistir con ese reclamo de recategorización recibió una sanción disciplinaria de suspensión por tres días a cumplirse desde el 21 de julio al 23 de julio de 2015. Le imputaron no haber atendido a un afiliado. La trabajadora impugnó la sanción y negó la existencia de la falta.
El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la demanda de un grupo de trabajadores municipales de Allen, quienes reclamaban la nulidad de la Resolución del Ejecutivo local que había dejado sin efecto sus pases a planta permanente.
Con el voto rector del juez Enrique Mansilla y la adhesión de sus pares Ricardo Apcarian y Sergio Barotto, el STJ hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto en representación de 14 trabajadores afectados y, en consecuencia, revocó la sentencia de la Cámara del Trabajo de Roca, Sala 1, que en su momento había rechazado la demanda.
El tribunal de juicio integrado por los jueces Oscar Gatti, María Evelina García Balduini y Julio Martínez Vivot dio a conocer hoy su sentencia con los fundamentos del fallo que declaró a un hombre de Allen culpable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en grado de tentativa, en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de guerra”.
La Dirección General de Oficinas Judiciales concretó durante febrero 630 audiencias bajo el nuevo paradigma procesal. El número representa el 73% de las audiencias programadas, mientras que un 16% (134 audiencias) fueron canceladas y un 11% (93 audiencias) fueron interrumpidas. Incluye las cuatro circunscripciones: Viedma, Roca, Bariloche y Cipolletti.