Nov 28, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

La Jueza de Familia María Marcela Pájaro, en su carácter de Jueza de Amparo, hizo lugar al "Habeas Corpus" interpuesto a favor de estudiantes, niñas, niños y/ o adolescentes que residan o transiten en inmediaciones del Barrio "Virgen Misionera" ubicado en la zona Oeste de Bariloche, y requirió a la Jefatura de Policía y al Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro,  se cumpla acabadamente, en todos los operativos que se realicen en la zona, específicamente en las inmediaciones de los establecimientos escolares Amuyén y Jaime De Nevares, con la ley vigente.

En este marco el fallo señala que toda vez que se efectúen tareas de prevención, el personal policial destinado, deberá cumplir con diversas mandas. En este sentido se destacó que el personal policial debe estar debida y visiblemente identificado con credenciales, a cara descubierta y en vehículos patentados.

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Un fallo del Juzgado Civil N°1 de Cipolletti rechazó la demanda de un policía en contra de una mujer que circulaba en un automóvil por la calle Yrigoyen de esta ciudad. La sentencia aún no está firme porque fue apelada.

El policía integra la patrulla motorizada y al momento del accidente cruzó el semáforo en rojo en la intersección de Yrigoyen y Juan Domingo Perón. En esas circunstancias impactó con el Volkswagen Gol que conducía la demandada. Adujo el policía que la mujer, pese a que el semáforo estaba en verde, no respetó la prioridad del vehículo policial.

El accidente ocurrió el 17 de marzo de 2014 al mediodía y el policía aseguró que iban en persecución de un sospechoso, junto con otro compañero, también motorizado, que alcanzó a pasar primero.

El caso fue resuelto por el juez civil Alejandro Cabral y Vedia, quién recientemente asumió en la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Cipolletti.

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El Tribunal integrado por los jueces Carlos Reussi, como presidente, e Itziar Soly y Adrián Dvorzak, como vocales, condenó a un hombre a la pena de 11 años de prisión, por considerarlo autor de los delitos de tentativa de homicidio agravada por el vínculo y desobediencia judicial.

El Presidente del Tribunal realizó hoy la lectura de la sentencia en su parte resolutiva y además se decidió que continuará detenido en el Penal de Viedma.

Los hechos se produjeron el 13 de agosto de 2017 cuando, en el interior de su vivienda, el joven le propinó golpes de puños en la cabeza a su beba de 5 meses, amenazando luego a su pareja para evitar que ella denuncie lo sucedido. Además, se lo encontró culpable de la desobediencia judicial, ya que el hombre tenía prohibido acercarse a la madre y a la niña.

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La Sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma, integrada por los jueces Gustavo Guerra Lavayén -como presidente-, Marcelo Valverde e Ignacio Gandolfi, condenó a los ex ministros César Barbeito y Francisco González a la pena de 3 años y medio de prisión e inhabilitación absoluta perpetua, por el delito de peculado.

También condenó a los ex funcionarios Cristina Liliana Uría, Juan Manuel Accatino, Alfredo Daniel Pega, Diego Rodolfo Larreguy, José Omar Contreras y José Eugenio Ongaro a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta y perpetua, por ser partícipes necesarios del delito de peculado. Por su parte, a Gustavo Picchi se le impuso una multa y la inhabilitación por seis meses para ejercer cargos públicos por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Finalmente, absolvió a Sergio Alberto Pendas y Aníbal Hernández, quienes también habían sido acusados de peculado.

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Un accidente de tránsito ocurrido en la estación de servicios de las calles Pacheco y Lisandro de la Torre de Cipolletti demandó un trámite judicial que concluyó con la sentencia de la jueza civil Soledad Peruzzi. El fallo aún no está firme debido a que puede ser apelado por las partes.

Cómo la Policía no intervino en el siniestro, y en consecuencia no había pericias oficiales, se utilizaron como pruebas algunas fotografías del día del hecho y el análisis posterior de un especialista.

La persona que inició la demanda afirmó que circulaba en una camioneta a velocidad reglamentaria por la calle Lisandro de la Torre y que resultó embestido por un camión que imprevistamente arrancó introduciéndose al tráfico sin aviso alguno. Impactó contra todo el lateral derecho de la camioneta provocando daños materiales. Eran aproximadamente las 17 horas de un día de verano.

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Por considerar que el monto de reparación económica ofrecida no resultaba razonable para las 12 presuntas víctimas del caso, la jueza de Garantías de Roca Natalia González rechazó el pedido de probation formulado por la defensa de un hombre acusado de cometer defraudaciones reiteradas mediante la comercialización de inmuebles en Roca.

En el legajo se analizan hechos que habrían ocurrido entre los años 2005 y 2012, de los que habrían resultado víctimas varias personas y familias que contrataron la adquisición de lotes y/o viviendas a construir con el sr. Carlos Virgilio Matus, por entonces presidente del Círculo Policial Valletano de Suboficiales y Agentes de la Policía de la Provincia de Río Negro.

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La Mediación Judicial en Río Negro cuenta con acuerdos en más del 80 por ciento de los procesos. En procura de continuar el camino de facilitación de trámites y despapelización, es posible iniciar el trámite a través de un correo electrónico.

En la página web institucional del Poder Judicial se puede acceder al formulario de pedido de inicio de las mediaciones. Una vez completado se puede enviar por correo electrónico al Centro Judicial de Mediación (CEJUME) al cual le corresponda llevar a cabo la audiencia: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. si la mediación se va a realizar en Viedma; si es en General Roca el mail es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; si es en San Carlos de Bariloche esEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y si es en Cipolletti es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

En el formulario se presentan los datos de la persona que requiere la mediación, de su abogado y del reclamo, con una breve descripción del mismo.

La mediación lleva más de 15 años en Río Negro, es prejudicial y obligatoria para determinados temas y puede realizarse en los Centros Judiciales de Mediación (CE.JU.ME), en las delegaciones o utilizando la tecnología como los servicios de mensajería o videoconferencia.









 

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El Tribunal de juicio que en Cipolletti está juzgando por el delito de abuso sexual
a Rubén López y a Luis Abramovich dispuso que la sentencia se dará a conocer el 22 de agosto a las 10 horas en una de las salas del edificio de España 742.

Hoy por la tarde se realizaron los alegatos en el juicio de responsabilidad. Mientras que la fiscalía consideró acreditado el delito de abuso sexual agravado en perjuicio de una joven y solicitó la declaración de la culpabilidad de los dos acusados, las defensas se refirieron a la teoría del caso que expusieron al principio del debate y aseguraron que no habia sido acreditada la participación punible de los acusados. En función de esos argumentos solicitaron la absolución. 

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El Juez de Juicio Marcelo Barrutia hizo lugar al acuerdo pleno arribado por el Fiscal Sergio Pichetto y el Defensor Oficial Juan Pablo Laurence en el marco de las previsiones del Art. 330 -Juicio Abreviado- y condenó a Esteban Ariel Fuentes, argentino, de 21 años de edad, ayudante de albañil, a la pena de un año de prisión efectiva como autor, penalmente responsable del delito de Estafa en grado de tentativa (un hecho) y estafa consumada (dos hechos).

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El Tribunal de Impugnación con sede en Viedma rechazó hoy el recurso de la Defensa y confirmó la declaración de culpabilidad y la pena de 19 años de prisión que había impuesto el Tribunal de Juicio de Roca al imputado Octavio Gigli por el delito de “homicidio simple”. En simultáneo, en una audiencia requerida por la Fiscalía, los jueces de Roca prorrogaron por otros seis meses la prisión preventiva que pesa sobre Gigli, quien se encuentra condenado sin sentencia firme por el homicidio del que resultó víctima Guillermo Martínez en 2015.

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