La decisión unánime de los jueces de Impugnación Daniela Zagari, Carlos Mussi y Juan Brussino Kain convalidó las resoluciones dictadas por los jueces que intervinieron con anterioridad y se traduce en una validación de la formulación de cargos por el delito de "homicidio calificado por alevosía" realizada en audiencia oral y pública el 18 de agosto pasado.
Con esta ratificación del Tribunal de Impugnación, el caso queda en condiciones de avanzar hacia las siguientes instancias del proceso -control de acusación y luego juicio oral y público-, sin perjuicio de la reserva que formuló hoy mismo la defensa de recurrir ante tribunales superiores e internacionales para impugnar lo que consideran una "afectación del derecho de defensa".
Los jueces de Impugnación fundaron su decisión en el texto y los principios del nuevo Código Procesal Penal, destacando la necesidad de cumplir con la "celeridad" que impone la norma y con "la manda constitucional que determina que la prestación del servicio de justicia debe ser en un plazo razonable". Señalaron también que el sistema de recursos e impugnaciones del nuevo Código rige para los actos y resoluciones judiciales previstos de manera "taxativa y explícita" en la norma procesal, y no de manera indiscriminada ante cualquier acto del proceso.
En similar sentido, el fiscal del caso, Luciano Garrido, había sostenido en su alegato que "resulta más perjudicial para el imputado seguir interponiendo recursos que considero dilatorios que empezar a avanzar en las etapas del proceso para hacer cesar el estado de incertidumbre que existe en perjuicio del propio Gigli y de las victimas".
Historia procesal del caso
- El 1 de septiembre de 2015 se comete en Roca el homicidio de Guillermo Martínez.
- El 1 de abril de 2016, en Foz do Iguazú, es detenido el imputado Gigli.
- El 18 de agosto de 2017, finalizado el proceso de extradición en Brasil y el traslado de Gigli al país, se realiza la primera audiencia del caso: la formulación de cargos por el delito de "homicidio calificado por alevosía". Allí, el primer defensor de Gigli tuvo por formulados los cargos y el imputado guardó silencio. Esa situación, según el criterio de la nueva defensa a cargo de los abogados Patricia Espeche y Ricardo Thompson, dejó a Gigli en estado de "indefensión" y de allí deriva la serie de recursos interpuestos hasta la fecha. En contra de esa opinión, la Fiscalía y la parte querellante han sostenido que la aceptación de la formulación de cargos no significa indefensión ni confesión de ningún tipo de culpabilidad por parte del imputado, sino que implica únicamente el consentimiento de la defensa para avanzar en la investigación judicial.
- El 22 de agosto de 2017 se realiza a pedido de la defensa una audiencia de revisión de la prisión preventiva, que había sido ordenada por un plazo de 18 meses. Allí el juez Daniel Tobares redujo la cautelar a 6 meses, que se cumplen el 17 de febrero de 2018. En caso de requerir una prórroga la fiscalía deberá solicitarlo y fundamentarlo en una futura audiencia.
- El 27 de septiembre se realiza, a pedido de la defensa, una audiencia de "solicitud de saneamiento" para sostener una recusación contra el entonces juez de Garantías Rubén Norry. El planteo es rechazado.
- El 2 de octubre la defensa cuestiona en una nueva audiencia el rechazo de la recusación. El planteo se desestima por haber devenido asbtracto por jubilación del magistrado.
- El mismo día se realiza otra audiencia en la que la defensa pidió la nulidad de la extracción de muestras para ADN realizadas al imputado previo a la audiencia del 18 de agosto. El planteo es rechazado.
- El 6 de octubre la defensa plantea en una nueva audiencia la nulidad de la formulación de cargos por supuesta "indefensión" del imputado. El juez de Garantías Julio Martínez Vivot lo rechaza. La defensa hace reserva de impugnar por las vías ordinarias y extraordinarias.
- El 23 de octubre, ante el juez Daniel Tobares, la defensa plantea un recurso de "revisión de autos importantes que ocasionen agravio al imputado", apelando el rechazo de la nulidad que se había dispuesto el 6 de octubre. El juez rechaza el recurso y la defensa interpone un "recurso de impugnación extraordinaria" contra esa decisión.
- El 1 de noviembre, el juez Tobares declara "inadmisible" el recurso de impugnación y la defensa interpone un "recurso de queja" contra aquella inadmisibilidad.
- Este viernes 24 de noviembre el Tribunal de Impugnación constituido en Viedma rechazó por unanimidad el recurso de queja. La defensa hizo reserva de seguir recurriendo ante tribunales superiores y/o internacionales.
Delegación de Comunicación Judicial
Segunda Circunscripción