Nov 23, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Condenan a docente por abuso sexual ocurrido en un jardín de Cipolletti

Visto 1925 veces
Valora este artículo
(0 votos)

Los jueces Pablo Repetto, Guillermo Baquero Lazcano y César Gutiérrez Elcarás condenaron hoy a la pena de tres años de prisión en suspenso al docente Carlos Richard Meza por considerarlo autor del delito de abuso sexual de menor de trece años de edad, agravado por ser el encargado de la educación.

Se trata del primer juicio que se realizó por las denuncias que radicaron un grupo de padres de niños que asistían al jardín de infantes N°85 del barrio El Manzanar de Cipolletti. En noviembre se realizarán otros dos juicios por hechos similares.

En esta sentencia, los jueces –integrantes de la ex Cámara Segunda en lo Criminal – le impusieron a Meza una inhabilitación por diez años para el ejercicio de la docencia y pautas de conducta por el término de cuatro años, entre ellas fijar lugar de residencia, domicilio del que no podrá mudar sin autorización del Tribunal y someterse al control del Patronato de Presos y Liberados. No abusar de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes. No acercarse al menor víctima ni a su familia ni a su domicilio y,  por último, previo diagnóstico y de ser necesario someterse a un tratamiento psicológico tendiente a prevenir hechos como el aquí juzgado.

Los hechos por los que fue acusado Meza en este juicio ocurrieron entre los meses de marzo a junio de 2014, en el turno mañana. En esas circunstancias de tiempo y lugar el acusado, que en ese lapso se desempeñaba como profesor de música abusó sexualmente de un menor mediante actos de tocamientos.

Luego de analizar todas las circunstancias de la investigación reproducidas en el debate, concluyeron los jueces: “Todo esto apunta junto al resto de la prueba al único sentido posible: el hecho de abuso denunciado existió y su autor es el acusado Carlos Richard Meza. Su descargo como anticipé no resiste el menor análisis en este proceso. La acusación que se le formuló es escindible perfectamente de los hechos de igual tenor denunciados con posterioridad y varios meses después. Este es el proceso madre por así decirlo, el primero y cuando (…) lo denunció, el único interés que estaba en juego, era proteger a su hijito, no buscó perjudicarlo, buscó la verdad, por eso primero acudió a la Dirección del Jardín, y luego hizo lo propio ante la Fiscalía dando lugar a esta causa. La prueba valorada en este voto, es la que me permite tener por cierto y probado que Carlos Richard Meza cometió el hecho delictivo por el que ha sido juzgado y se encuentra detallado tanto en la pieza acusatoria del Fiscal como del Querellante”.

 

Delegación de Comunicación Judicial de Cipolletti

MÁS LEÍDAS