Sep 08, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

San Antonio: Medidas del Juzgado ante acciones de remediación por contaminación con plomo

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La jueza Vanessa Kozaczuk, titular del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9 de San Antonio Oeste, tomó diversas medidas en relación a las tareas de remediación por contaminación con plomo en un sector de San Antonio Oeste. Estas labores se cumplen en una zona donde años atrás funcionó una empresa de fundición de dicho metal pesado.

Tras una presentación de la Defensora General, María Rita Custet Llambí, y en el marco de las facultades que le delegara el vocal del STJ, Enrique Mansilla, la magistrada convocó a una audiencia para evaluar las medidas tendientes a proteger a los niños y niñas de la localidad frente a la posibilidad que se vean expuestos a la contaminación por plomo por las tareas de remediación.

Tras escuchar los pedidos de la Defensora General, especialistas y a las partes, la jueza dispuso una serie de medidas. Por un lado, a los organismos estatales (Niñez, Adolescencia y Familia, Salud y Municipio) le obligó a presentar esta semana “las medidas tendientes a visitar los domicilios de las familias dónde deba llevarse a cabo la remediación”, incluyendo un informe sobre si alguna de las familias debiera ser trasladada temporalmente.

Si esta última acción fuera necesaria, la empresa TAYM S.A. -encargada de la remediación- “deberá informar a cada uno de estos organismos y con una antelación mínima de cinco días, que familia o familias deberán ser trasladadas a los fines de evitar perjuicios innecesarios”.

Un segundo aspecto tiene que ver con la publicidad y concientizacion. La disposición de la jueza obliga a todos los organismos intervinientes, a través de sus agentes, a informar sobre “los cuidados a tener en cuenta” frente a los trabajos de remediación, “como así también planes de nutrición, recomendaciones de limpieza, el uso y la toma de agua potable, etc, especialmente en los hogares y familias afectadas”.

Esta obligación alcanza a las áreas provincial y municipal de prensa para la difusión de spots informativos en medios de comunicación con influencia en la zona.

Por su parte, la Empresa TAYM S.A, deberá colocar la cartelería correspondiente en la zona mayor afectada y dónde está realizando las tareas de movimiento de suelo (donde estaba ubicada la firma de fundición de plomo, como así también en cada barrio y cuadra dónde deba realizar la remediación en las casas de familia.

Además, dispuso que estas “medidas deberán ser controladas por GEAMIN, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia, la Fiscalía de Estado de la Provincia, la veedora de la Multisectorial y la Secretaría de Ambiente y Producción de la Municipalidad de San Antonio Oeste”.

Asimismo, estos actores deberán informar a los organismos proteccionales si durante la ejecución de las tareas se detectan niños en situación de exposición, “a los fines de que en forma inmediata articulen las medidas necesarias para el resguardo y la integridad física de los niños, debiendo salvaguardar el interés Superior consagrado en la Convención de los Derechos del Niño”.

Finalmente, la disposición de la jueza “hace saber a toda la población de San Antonio Oeste y Las Grutas y en especial a aquellas familias que habitan la zona mayor afectada, que deberán acatar todas las órdenes y sugerencias que los distintos organismos dispongan, debiendo ponerse a resguardo de su propia salubridad e integridad y concientizándose de las consecuencias que la contaminación del plomo acarrea”.

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