Sep 08, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Irá a juicio por exhibiciones obscenas y abuso sexual de dos menores

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó un recurso de queja y confirmó la decisión de la Cámara Primera de Cipolletti que le denegó la suspensión de juicio a prueba a un hombre imputado por el delito de exhibiciones obscenas y abuso sexual simple de dos menores de edad en Cinco Saltos.

El imputado, identificado con las siglas A.R., había solicitado el beneficio de la probation o suspensión de juicio a prueba. Sin embargo, el 2 de mayo de este año los integrantes de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti no aceptaron la aplicación de ese instituto.

La defensa pública interpuso una casación y luego un recurso de queja, ahora rechazado por los jueces del STJ.

Los hechos ocurrieron en Cinco Saltos entre el 15 de agosto y el 2 de septiembre de 2015. Una de las víctimas tenía ocho años y había ido a visitar a su abuela. En ese contexto el imputado, que vive en las inmediaciones, la llamó por su nombre y se bajó los pantalones obligando a la menor a ser visto en sus partes pudendas y posteriormente le efectuó tocamientos en la zona de los genitales. El segundo hecho ocurrió en las mismas circunstancias de tiempo y lugar pero tuvo como víctima a otra niña.

Consideraron los jueces del STJ al momento de resolver:

“Para adoptar tal resolución, el Tribunal de origen tuvo en consideración la negativa del representante del Ministerio Público Fiscal quien, en la audiencia respectiva, sostuvo que en el juicio solicitaría una pena de cumplimiento efectivo, “considerando los hechos imputados, la calificación legal y el máximo de la pena establecida para este tipo de delitos, que por aplicación del fallo \'Briones\' los habilita a pedir tal modalidad de cumplimiento de pena. Asimismo, considerando que estamos ante un caso típico de violencia de género en donde se cosifica a la mujer y está expresamente prohibido por la jurisprudencia, tanto del STJ como de la CSJN, la aplicación de algún tipo de beneficio” (cf. fs. 2 vta.). A la luz de los hechos reprochados y de la especial condición de las víctimas, doblemente vulnerables -en tanto mujeres y menores de edad-, es evidente la corrección de la postura asumida por el señor Fiscal de Cámara, por lo que su opinión fundada resultaba  vinculante para el juzgador, lo que también es conteste con la doctrina legal sentada por este Cuerpo que, por conocida, es innecesario consignar”.

El rechazo del recurso de queja por parte del STJ deja al imputado en condiciones de ir a juicio por los delitos que le atribuyen.

Suspensión de juicio a prueba

La suspensión de juicio a prueba es una vía judicial alternativa al juicio que permite suspender el juzgamiento de un acusado si éste acepta someterse a una serie de pautas de conductas y cargas que le impone el Tribunal, como realizar tareas comunitarias, ofrecer una reparación económica y/o pagar la multa prevista para el delito imputado.

Delegación de Comunicación Judicial de Cipolletti

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