Nov 23, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Cinco Saltos: la atropelló un camión recolector que no respetó las reglas de circulación

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Una joven de 20 años sufrió severas lesiones en un incidente vial producido en Cinco Saltos. Ella se movía en moto por una calle asfaltada y fue embestida por un camión de recolección de residuos que ingresó desde un sector de ripio. La indemnización supera el millón y medio de pesos.

El fallo es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado. Surge del expediente que la damnificada se desplazaba a bordo de un ciclomotor por calle Hilario Lagos - vía asfaltada y de doble mano - mientras que el demandado lo hacía a bordo de un camión de la empresa Cliba S.A. por calle Chaco - de tierra y de una sola mano - en dirección a Hilario Lagos.

Las pericias demostraron que el camión embistió a la joven y se determinó la responsabilidad del chofer debido a que la ley de Tránsito establece que debe ceder el paso el conductor que pasa de una vía de ripio hacia una asfaltada.

La motociclista sufrió politraumatismo y permaneció internada una semana. Consignó en la demanda que se despertó después de estar tres días inconsciente.  Y que la lesión más grave fue una fractura de cráneo por la que debió operarse, aunque de todos modos padece consecuencias en muchos aspectos de su vida. 

La demanda prosperó por incapacidad sobreviniente - daño físico y psíquico -, gastos médicos, de farmacia y traslado y daño moral. Todos esos rubros totalizan 1.632.290,60 de pesos.

Fueron condenados el chofer del camión y las empresas Cliba Ingeniería Ambiental - por la concesión del servicio - y Benito Roggio e Hijos, titular registral del vehículo.

Respecto del daño moral el fallo consigna que las lesiones físicas sufridas y afecciones psíquicas -corroboradas por prueba pericial- han tenido incidencia o implicaron un condicionamiento negativo para la joven. 

La pericia médica da cuenta de los padecimientos y tratamientos a los que fue sometida, extensión de los mismos y secuelas permanentes. La damnificada padeció traumatismo de cráneo con pérdida de conciencia, debió permanecer en terapia intensiva y luego en sala común por el término de siete días. Fue intervenida quirúrgicamente por el trauma grave con hematoma estradural para drenaje de hematoma, toillete y resección ósea de calota.

Luego de pasado tres años del accidente pudo realizarse una craneotomía en el que se le colocó una malla de titanio maleable de reconstrucción craneal. El retraso en esa operación se debió a que carecía de medios económicos para afrontar los gastos de la prótesis, la que fue autorizada por medio de Salud Pública. Desde entonces padece cefalea residual, diaria, pulsátil. Y no puede realizar tareas de esfuerzo. Toda esa situación configuró el daño moral.

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