Sep 09, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

El STJ aceptó la renuncia del juez de Paz de Campo Grande y se inicia el proceso para reemplazarlo

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La presidencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) aceptó la renuncia al cargo presentada por el juez de Paz de la localidad de Campo Grande Federico Alonso. Con la decisión, se inicia el proceso de reemplazo a través del procedimiento de evaluación previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.


A través de la Resolución 0093/22 se aceptó la renuncia de Federico Alonso, que fue titular del juzgado de Paz de Campo Grande. El artículo 72 de la Ley Orgánica, que regula el funcionamiento del Poder Judicial, contempla como requisitos para ser designado juez o jueza de Paz ser de nacionalidad argentina con no menos de cinco años de ejercicio de la ciudadanía, mayoría de edad, contar como mínimo con título secundario, ser una persona de probados antecedentes honorables en la localidad y, por último, residir en la localidad sede de la jurisdicción con no menos de tres años inmediatos y anteriores a la fecha de su presentación.
El STJ establece a través de la Inspectoría de Justicia de Paz los sistemas de evaluación para las ternas a juez o jueza de Paz titular y suplente con intervención de los Tribunales de Superintendencia Circunscripcional.
Propuesta del Concejo Deliberante
Los jueces y juezas de Paz titulares o suplentes se designarán por el STJ mediante propuestas en terna de los Concejos Deliberantes de los municipios respectivos y del Poder Ejecutivo donde no existan aquellos.
Las ternas deberán ser confeccionadas por orden alfabético y remitidas al STJ dentro de los seis meses de producida la vacante del cargo.
Los jueces y las juezas de Paz titulares son inamovibles, salvo causal de mal desempeño, rigiendo a su respecto las incompatibilidades, prohibiciones, obligaciones e inhabilidades determinadas por la Constitución y la Ley Orgánica.
Acceso a Justicia
El Poder Judicial rionegrino tiene 49 juzgados de Paz, extendidos en todo el territorio provincial. Constituyen, en muchos casos, la opción más cercana de los ciudadanos a la hora de resolver conflictos vecinales o realizar determinados trámites.
Además de las acciones de menor cuantía en los juzgados de Paz se tratan contravenciones, notificaciones, certificaciones, autorizaciones, juicios ejecutivos, ejecuciones fiscales, violencia familiar (Ley 3040), beneficio de litigar sin gastos y probation, entre otros.
La Justicia de Paz constituye uno de los mecanismos de acceso a justicia. El mapa actualizado de la Corte Suprema reafirmó que el Poder Judicial de Río Negro es, en el contexto nacional, la segunda jurisdicción provincial que cuenta con más mecanismos.

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