Sep 08, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Comenzó en Bariloche la primera de las tres jornadas dedicadas al armado de un “Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género"

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Con la presencia de la Vocal del STJ y titular de la Oficina de Género del Poder Judicial de Río Negro Dra. Adriana Zaratiegui,  comenzó en Bariloche la primera de las tres jornadas dedicadas al armado de un “Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género”. Esta capacitación destinadas a juezas y jueces están diseñadas por la Oficina de Género  a través de la Escuela de Capacitación Judicial. Las coordinadoras docentes son las Dras. Alicia Ruiz e Ileana Arduino, Jueza y Relatora, respectivamente del   Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En la apertura la Jueza Zaratiegui destacó que si bien  esta actividad comienza por la circunscripción con cabecera en San Carlos de Bariloche, durante los meses de octubre y noviembre se ampliará a la totalidad de las circunscripciones.

El trabajo junto a los magistrados es realizado junto al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se enmarca en la denominada “sentencia V:” que el STJ dictó en agosto del año pasado, y que en su artículo sexto dispone que “la Oficina de Género del Poder Judicial, en conjunto con la Escuela de Capacitación, lleve adelante la conformación de una comisión para la elaboración del protocolo respectivo para el juzgamiento de los casos con perspectiva de género”.

En la fundamentación de las jornadas, se ha  destacado que “las normas han sido actualizadas con el objeto de alcanzar estándares internacionales, las cuales si no son interpretadas y aplicadas desde una perspectiva de género, acarrean la vulneración de derechos y la negación de principios reconocidos internacionalmente”.

En este marco, recuerda que “las personas encargadas de interpretarlas y aplicarlas se encuentran atravesadas por un sistema patriarcal de creencias, y pensamientos. La perspectiva de género implica entender que género es una categoría de carácter cultural, histórico y social acerca de los roles, identidades y valores que son atribuidos a varones y mujeres e internalizados mediante los procesos de socialización”.

Esta perspectiva comprende ciertas características como reconocer la existencia de una relación de poder entre varones y mujeres regida por una dominación masculina y subordinación femenina, la desigual distribución de recursos, la limitación de la autonomía de las mujeres y todos aquello grupos en situación de vulnerabilidad en todos los ámbitos de sus vidas, entre otras...

 

Trabajo sostenido

 

La Oficina de Género viene desarrollando actividades desde el año 2012 en procura de la protocolización de prácticas dentro del Poder Judicial. El primer protocolo se formuló en la ciudad de Catriel, con la asistencia de todas las representaciones estatales y de la sociedad civil que participan -cada una desde sus funciones- en las denuncias respecto de la Ley 3040.

El protocolo de Catriel se acordó en agosto de 2014. Se inscribe en el paradigma del trabajo en red como forma adecuada de prestación de servicios y respuesta estatal frente a la violencia de género.

Además, busca la mejora de los procesos a partir de la coordinación de las responsabilidades y potencialidades de los diferentes actores, así como la evaluación permanente de dichos procesos.

Finalmente, establece un “camino”, con responsables y tiempos máximos, para cada una de las denuncias de violencia de género. El protocolo cuenta con una guía que contiene los organismos intervinientes con sus respectivas formas de contacto.

 

El fallo

 

El “Fallo V.” del STJ condenó a P.A.V como autor de los delitos de desobediencia a una orden judicial en concurso ideal con violación domicilio, en concurso real con homicidio doblemente calificado en grado de tentativa. De esta manera, hizo lugar a un pedido fiscal ante un fallo previo que había condenador a P.A.V a seis años de prisión, pero por considerarlo autor del delito de desobediencia a una orden judicial en concurso ideal con violación de domicilio, ambos en concurso real con coacción con arma y lesiones leves agravadas por la relación de pareja.

El fallo, cuyo voto rector correspondió a la jueza del STJ Adriana Zaratiegui, tiene, además de contemplar la perspectiva de género, un sexto punto que dispone “que la Oficina de Género de nuestro Poder Judicial, en conjunto con la Escuela de Capacitación, lleve adelante la conformación de una comisión para la elaboración del protocolo respectivo para el juzgamiento de los casos con perspectiva de género”.

Ese es el punto de partida de las actividades actuales.

 

Delegación de Comunicación Judicial de San Carlos de Bariloche

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