En su presentación judicial afirmó que la exposición le provocó la pérdida auditiva. Luego de la primera manifestación del inconveniente, la aseguradora de riesgos del trabajo le ordenó realizar tres audiometrias, lo que confirmó la enfermedad profesional contraída.
Según lo expresado por el trabajador en su presentación judicial, la Comisión Médica confirmó que presentaba hipoacusia neurosensorial bilateral, sin embargo estimó la incapacidad en un porcentaje muy menor al pretendido por el trabajador.
Frente a esa situación, se presentó judicialmente para que se determine el porcentaje de incapacidad -que estimó superior- y se abone la indemnización que le corresponda en ese sentido.
El perito dejó constancia que el actor presenta “una hipoacusia neuro-sensorial bilateral e indicó que esa pérdida auditiva fue provocada por una lesión mixta en el oído interno (nervio auditivo) y en el oído medio (coclea) ante la exposición constante a ruidos con nivel superior a los 85 decibeles que es el máximo permitido”.
De esta manera, y más allá que la pericia no es vinculante para el juez, la Cámara Laboral de Viedma, tras analizar las pruebas, dispuso hacer lugar a la impugnación, elevar el porcentaje de incapacidad establecido oportunamente por la Comisión Médica y ordenar a Experta S.A. que abone la indemnización correspondiente.