El Superior Tribunal de Justicia resolvió hoy que “aquellos agentes incluidos en los grupos de riesgo” establecidos en el Protocolo de Salubridad (en su inciso c) “que voluntariamente estén dispuestos a realizar tareas en forma presencial” podrán hacerlo si presentan el “certificado médico con recomendación favorable” para cumplir con esa modalidad de trabajo.
La nómina de grupos de riesgo está basada en la Resolución 207 de este año del Ministerio de Trabajo de Nación, y contiene una exahustiva lista de patologías que conforman antecedentes de riesgo.
La Resolución del STJ destaca que “ante la voluntad manifiesta de trabajar en forma presencial por parte de diferentes agentes que integran grupos de riesgo se han recabado los antecedentes aplicados por la Secretaría de la Función Pública de nuestra provincia”. Dicho organismo habilita el trabajo presencial con dos condiciones: el certificado médico con recomendación favorable y la presentación de una declaración jurada donde manifiesta que asume el riesgo de manera voluntaria.
Muchos de los agentes con factores de riesgo están cumpliendo sus labores con la modalidad de teletrabajo. Para pasar a la modalidad presencial, además de cumplir con los requisitos mencionados, deberán notificar al área de Gestión Humana.