Nov 25, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Fuero Contencioso Administrativo: el STJ envía a la Legislatura el proyecto de ley con una puesta en marcha gradual

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El fuero Contencioso Administrativo está previsto en la Constitución provincial desde el año 1.988 aunque la competencia fue asumida durante todo este tiempo por los Juzgados y Cámaras Civiles. Sin embargo, la ley establece que todos los conflictos en los que el Estado es parte deben tramitarse por carriles específicos por la “fuerte presencia del interés público”. En la actualidad, casi la mitad de las causas civiles lo tienen al Estado o a sus empresas como actor o demandando.

 

La iniciativa legislativa elaborada por el STJ contempla una implementación gradual que comenzará en Viedma con la creación de una Cámara Provincial Contencioso Administrativa y un Juzgado de primera instancia.

 

Durante esa primera etapa, los Juzgados y Cámaras Civiles del resto de las circunscripciones mantendrán la competencia, aunque la segunda instancia será asumida por la Cámara Provincial.

 

En un segundo momento se implementarán tres Juzgados Contenciosos Administrativos de primera instancia para Roca, Bariloche y Cipolletti.

 

Las estadísticas aportadas por el Centro de Planificación Estratégica justifican la aplicación de una modalidad gradual, puesto que Viedma absorbe la mayor parte de las demandas.

 

A nivel provincial, el Estado está presente en casi la mitad de los expedientes civiles tramitados durante los últimos cinco años.

 

Es decir ese porcentaje - que varía entre un 40% y un 55% según el reporte estadístico - son causas que irían al fuero contencioso administrativo.

 

En 2019, por ejemplo, se registró un 40% de causas. La proyección mantuvo la misma tendencia en los años anteriores: en 2015 el Estado intervino en el 43% de los expedientes, en 2016 en un 48% y en 2017 y 2018 en un 55%.

 

La Constitución provincial, entre sus disposiciones transitorias correspondientes al Poder Judicial, establece que “hasta que se reglamente por la Legislatura la atribución de competencia a los tribunales de grado en materia contencioso-administrativa, ésta será ejercida por las Cámaras en lo Civil y Comercial de cada circunscripción judicial, con apelación ordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia. Igualmente en materia contencioso-administrativa laboral, tendrán competencia exclusiva en instancia única las Cámaras del Trabajo de cada circunscripción judicial”.

 

El Código Procesal Administrativo fue sancionado en 2016 y allí se estableció un plazo máximo de cinco años para la puesta en funcionamiento del fuero especial administrativo. El proyecto del código procesal también fue iniciativa del Poder Judicial.

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