Nov 25, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Amparo ambiental: iniciarán la extracción de contaminantes en estación de servicios abandonada de Roca

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La empresa Pego S.A. deberá comenzar a ejecutar la segunda etapa del plan remediación y recomposición ambiental, en cumplimiento de la sentencia firme del amparo colectivo por la contaminación que generó la operación irregular de la estación de servicios Rhasa, ubicada en la esquina de avenida Roca y Alsina de General Roca. Con ese fin, ara precisar la fecha de inicio de las tareas y coordinar labores, la jueza del caso convocó a una reunión a realizarse en Tribunales el próximo viernes 21 de junio con la empresa Pego S.A. y autoridades provinciales y municipales.
La primera etapa del plan de acción consistió principalmente en la toma de muestras de suelo, agua y residuos de los tanques ubicados en el predio. Esta segunda instancia avanzará en la extracción y disposición de residuos contaminados y de los tanques de combustible que se encuentran bajo tierra en el predio, así como surtidores, cañerías y conexiones. 
El amparo tramita ante el Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Roca, a cargo de la jueza Andrea de la Iglesia, bajo la carátula "Municipalidad de General Roca c/ Pego S.A. s/ Amparo" (Exp. 40233), cuyo seguimiento puede realizarse libremente desde la página web del Poder Judicial.


Orden de inicio
El martes18 de junio la jueza dispuso que “encontrándose vencido el plazo otorgado (...) corresponde continuar con el Plan de Saneamiento y Remediación, considerando para ello que las autoridades competentes tanto de la provincia de Río Negro como del Estado Nacional no han efectuado observación alguna a las Empresas propuestas” por Pego S.A. para llevar adelante las tareas de campo.
En la misma providencia recordó que “a futuro deberá cada autoridad cumplir con sus deberes legales, en un todo de acuerdo con la sentencia dictada en autos (Plan de Acción) de manera integral y de cooperación”.
Medidas de seguridad
Por otra parte, la jueza la intimó este miércoles 19 a Pego S.A. a cumplir lo resuelto el pasado 10 de mayo y también el 4 de junio, en cuanto a su obligación de colocar y mantener un “cerramiento del predio con material que impida y/o dificulte la violación de su propiedad y el fácil ingreso de terceras personas como así también soporte las inclemencias climáticas”. 
En ese sentido, evaluó que el incendio registrado en un sector del predio el pasado lunes evidencia un incumplimiento parcial de aquella medida de seguridad, por lo que intimó nuevamente a la empresa para su inmediata realización, esta vez bajo apercibimiento de imponerle una multa de 50.000 pesos por cada día de retardo.
Con respecto a los organismos estatales, el 10 de mayo la jueza reiteró a la Provincia y al Municipio lo que había ordenado en la sentencia original sobre de sus respectivos deberes en materia de seguridad “hasta la culminación de los trabajos de remediación, ante el gran tránsito vehicular y de peatones, locales comerciales y viviendas residenciales” existentes en el sector. 
En la providencia les ordenó que “en el marco de sus deberes y competencias”, deberán “arbitrar e informar las medidas de seguridad que correspondan en lo que hace a la vía pública a los fines de lograr en conjunto y en forma coordinada garantizar la seguridad de la zona hasta tanto se logre la remediación”.
Tarea conjunta
La empresa condenada Pego S.A. ejecutará las tareas mediante empresas contratadas y siguiendo un plan operacional consensuado con los organismos pertinentes del Ministerio de Energía de la Nación, la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de General Roca, a los cuales la jueza asignó participación activa en el proceso. Toda la ejecución se realizará, además, de acuerdo con la normativa vigente en materia de residuos peligrosos, contando con un plan de contingencias previamente detallado y bajo la auditoría de expertos de la Universidad Nacional del Comahue (Departamento de Mecánica Aplicada de la Facultad de Ingeniería), designados por la jueza para participar como auxiliares en el proceso.
Para esta nueva etapa resulta fundamental, entre otros múltiples aspectos, trabajar sobre un mapa actualizado de los servicios públicos que pasan por el lugar (agua y cloacas, gas, electricidad, etc) y contar un cronograma e itinerario del transporte de los residuos que se extraigan.
Si bien la condena recayó sobre la empresa Pego S.A., las particularidades del caso hicieron necesaria la intervención complementaria del Estado nacional, provincial y municipal tanto en la tramitación del amparo ambiental como en esta instancia de ejecución de la sentencia. 
El cumplimiento del fallo se alcanzará cuando, finalizadas las sucesivas etapas del plan, se obtenga una certificación de libre pasivo ambiental del inmueble y su zona de influencia, en pleno centro de Roca. 
Previsiones de la sentencia
El fallo que condenó a Pego S.A. en febrero de 2017 previó que al momento de iniciar la remediación “deberán extremarse por demás las medidas, actividades, métodos y/o prevención de contingencias (...) a los fines de evitar y/o prevenir efectos nocivos, peligros aún mayores, ante el comportamiento químico que puedan generar los agentes contaminantes en oportunidad de realizarse tales tareas”.
También estableció la sentencia que “la responsabilidad y compromiso desde el inicio hasta la culminación del Plan de remediación y de gestión de los residuos (...) deberá ser colectiva, abarcativa, coordinada, de promoción, de información y fortalecimiento por parte de la demandada -específicamente- y de los distintos estamentos estatales -Nación, Provincia y Municipio-”. Estos últimos “deberán intervenir en forma complementaria con la demandada (...) según sus facultades, obligaciones y a los fines de intervengan en forma activa en este proceso de recomposición del daño ambiental”.
 
Delegación de Comunicación Judicial
Segunda Circunscripción

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