Nov 25, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Novedoso fallo de Cipolletti fue receptado en un manual de Derecho de Familia

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Una sentencia de Cipolletti fue incluida en un manual de Derecho de Familia por sus características novedosas y por la solución “razonable e ingeniosa” por parte del magistrado que la dictó. El objetivo fue el de asegurar el cumplimiento de los alimentos sobre todo cuando sus beneficiarios constituyen personas vulnerables. Así lo calificó la autora del “Manual de Derecho de las Familias” Marisa Herrera del Sello Editorial Abeledo Perrot, publicado en marzo de 2019.

Marisa Herrera es Doctora en Derecho y Especialista en Derecho de Familia por la Universidad de Buenos Aires (UBA), investigadora del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, profesora de “Derecho de Familia y Sucesiones” de la Facultad de Derecho en la UBA, profesora  de “Derecho de Familia” de la Facultad de Derecho en la Universidad de Palermo y directora de la Carrera de Especialización en Derecho de Familia, en la Universidad Nacional del Sur, Bahía Blanca. Fue colaboradora de la comisión para la reforma del Código de Comercio de la Nación creada por Decreto 191/2011 en los temas del área de familia, infancia y adolescencia y directora e integrante de varios proyectos de investigación sobre distintos temas de derecho de familia, entre otros.

La sentencia referenciada por Herrera es del 28 de agosto de 2018 y el expediente tramitó en el Juzgado de Familia N°5 de Cipolletti a cargo del juez Jorge Benatti. Allí el magistrado ordenó arresto los fines de semana a un padre que debía casi 20 mil pesos de cuota alimentaria.

Ante los reiterados incumplimientos, el juez resolvió que la única medida para asegurar la “tutela judicial efectiva” y para cumplir con toda la legislación nacional e internacional era determinar el arresto del padre desde las 13 horas del sábado hasta las 6 horas del lunes, todos los fines de semana hasta cancelar la deuda.

En función de ese cronograma, determinó el magistrado que el padre durante los días hábiles de la semana podría gozar de libertad para trabajar y cancelar el pago de cuotas desde los meses de septiembre de 2017 hasta abril de 2018 lo que arrojaba una deuda de 19.462,63 pesos.

El magistrado enmarcó también la conducta en un caso de violencia de género económica ejercida por parte del padre hacia la madre del niño entendida como una serie de mecanismos de control y vigilancia sobre el comportamiento de las mujeres en su relación con el uso y la distribución del dinero, junto con la amenaza constante de no proveer recursos económicos.

 

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