Sep 08, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Dictan condena de 15 años por el delito de corrupción de menores

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La Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti condenó a 15 años de prisión por el delito de “corrupción de menores” a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de la hija de su pareja por un periodo comprendido entre los 8 y los 14 años de la niña.

En la misma sentencia, el Tribunal que intervino en el juicio ordenó la prisión preventiva del condenado, quién fue detenido ayer en la ciudad de Neuquén. Mediante una extradición provincial se está tramitando el traslado y posterior alojamiento en el penal de Cipolletti.

El Tribunal que condenó al hombre de 62 años, de nacionalidad chilena, viudo y de ocupación terapista estuvo presidido por el juez Álvaro Meynet e integrado por los magistrados Julio Sueldo y Lucas Lizzi.

El fiscal fue Marcelo Gómez, quién en los alegatos había solicitado la pena de 15 años de prisión.

Consideró la Cámara Primera sobre la prisión preventiva:

“En el caso, si bien el imputado I.R.T ha permanecido en libertad hasta la fecha, cumpliendo correctamente sus obligaciones procesales; no es menos cierto que ya hay sentencia condenatoria y el peligro de fuga subyace en la gravedad de la pena según Tribunales nacionales y extranjeros, y en el hecho, admitido por el propio procesado, que tiene familia en la vecina República de Chile y en el Reino de España donde ha residido y cursado estudios.-

I.R.T es un sujeto para el que la movilidad de residencia ha sido una nota destacada en su vida pues dijo haber vivido en varios países, pero actualmente vive solo y no se le conoce familia en el medio, razón por la cual entiendo cuenta con recursos económicos suficientes para financiar esa conducta, por modestos que sean sus ingresos.-

De modo que ello abre claramente la posibilidad que intente profugarse y evitar eso para este Tribunal se conjuga con el deber de preservar el orden público pues qué importancia podría otorgar la sociedad a una condena a prisión que permite al condenado continuar en libertad, plazo razonable (sustanciación de la posible casación), frente a la posibilidad cierta y fundada que la sanción se vea frustrada por la fuga del condenado.-

En consecuencia advierto una situación excepcional que justifica la medida cautelar que se dispone. Sumo a todo esto la afectación real que produce al poner en crisis el estado de inocencia una sentencia condenatoria dictada después de un amplio debate oral, público y contradictorio y la unanimidad expresada en el fallo”.

El nombre y apellido del condenado no se consignan aquí por el vínculo directo con la víctima, puesto que la niña lo trataba como si fuese su padre en todos los ámbitos familiares y sociales. En función de ello se debe resguardar la identidad de la víctima.

Los abusos ocurrieron entre los 8 años de la niña y hasta que cumplió 14. Presumiblemente desde el año 2006 hasta el 2012, en Cipolletti. Cuando la víctima empezó el colegio secundario pudo confesarle a un primo lo que estaba ocurriendo y entonces realizaron la denuncia.

La Cámara Primera condenó a I.R.T  como autor del delito de “promoción a la corrupción de menores agravada por tratarse el autor de una persona conviviente, encargado de la guarda y educación” a la pena de 15 años de prisión.

La víctima declaró que los abusos se produjeron de manera rutinaria, casi siempre de lunes a viernes a la hora de la siesta.

 

Fuente: Delegación de Comunicación Judicial de Cipolletti

Modificado por última vez en Viernes, 16 Junio 2017 13:28

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