Con la evidencia que se expuso en el juicio oral, la Fiscal de Cámara subrogante Silvana García solicitó la condena de 6 años de prisión, mientras que el defensor particular Gabriel Pérez solicitó la absolución por el principio de la duda.
El voto rector de la sentencia correspondió al juez Daniel Tobares, a cuyo criterio adhirieron sus pares Emilio Stadler y Alejandro Pellizzon.
Uno de los argumentos planteados por la defensa fue la posible confusión de los testigos entre Cristian Espinoza y su hermano. Sin embargo el Tribunal señaló que un día antes del juicio por este robo la misma Cámara había tenido como imputado en una audiencia al mentado hermano, pudiendo corroborar personalmente las "diferencias físicas" entre ambos, a las que calificaron como "notorias".
El Tribunal valoró los testimonios, la certificación de las lesiones de dos de las víctimas y el resto de la prueba y verificó "numerosos indicios de cargo, concordantes y suficientes, los que reunidos terminan de configurar el plexo probatorio y le otorgan a la hipótesis de la acusación un grado de veracidad lógica y suficiente", despejando "toda duda razonable".
El Tribunal no hizo lugar al pedido de prisión preventiva señalando que no se encuentra firme la sentencia y que la parte interesada no pudo acreditar la existencia de peligro de fuga, mientras que la defensa destacó que el imputado se presentó sin contratiempos a todas las audiencias del juicio, que actualmente tiene un trabajo estable, domicilio fijo en Allen y tiene familia a su cargo.
Como agravante para definir la pena, el Tribunal valoró la modalidad delictiva y la "innecesaria violencia utilizada con mujeres y niños", entre otros parámetros legales.
Fuente: Delegación de Comunicación Judicial de General Roca