Apr 26, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

No respetó la prioridad de paso y deberá resarcir a motociclista por un accidente

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Un fallo de primera instancia, que todavía no está firme porque puede ser apelado, condenó al conductor de una camioneta a pagarle 2.205.154 de pesos más intereses a un motociclista.

El accidente ocurrió en Catriel en la intersección de las calles Formosa con Ingeniero Garro. El hombre que fue atropellado circulaba en una moto por calle Formosa y tenia prioridad de paso en la intersección con Ingeniero Garro. Sin embargo el conductor de una pick up Ford Ranger embistió en esa esquina al motociclista.

Como consecuencia del impacto, el hombre de la moto padeció fractura de tibia y peroné de la pierna izquierda, fue trasladado al hospital de Catriel y posteriormente derivado al de Cipolletti donde lo sometieron a una cirugía.

Durante el proceso judicial, que tramitó ante el Juzgado Civil N°3 de Cipolletti a cargo de la jueza Soledad Peruzzi, la compañía aseguradora que poseía el hombre de la camioneta también fue citada en garantía. En consecuencia  deberá afrontar el pago de la sentencia junto con el asegurado.

La pericia accidentológica concluyó que: “Estamos en condiciones de afirmar que el portador de la fuerza activa en este incidente, es la Pick Up Ford Ranger, color blanco, que colisiona frontalmente con el lateral izquierdo de la motocicleta Mondial modelo RD200K, color roja y negra que conducía el actor. Consecuentemente debe tenerse como vehículo embistente a la pick up marca Ford Ranger y como embestida a la motocicleta Mondial modelo RD200K.”

Al momento de resolver, la jueza recordó que “el art. 41 de la ley de Tránsito 24.449 establece las condiciones para conducir, así en su último párrafo dice “...Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta”.

La magistrada, al momento de fijar el monto de la condena, consideró la “incapacidad laborativa” que sufrió el joven quien al momento del accidente tenía 23 años y padeció una incapacidad del 40,5%. También el “daño moral” sumado al tiempo que estuvo en recuperación y tratamiento por las lesiones sufridas.

 

 

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