Nov 24, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

La consolidación de un patrimonio edilicio propio es una de las políticas públicas sostenidas a lo largo de los años por el Poder Judicial. Está contenida en el Plan Estratégico Judicial: contar con inmuebles propios, adecuados a la función judicial, al trabajo de las y los agentes judiciales y a la mejor atención de la ciudadanía.

Durante 2021 se avanzó en la construcción de la Ciudad Judicial de Cipolletti y del Complejo Judicial de Jacobacci. Se prevé originalmente fecha de finalización para este año.

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Un total de 2.300 personas de toda la provincia integran la lista de potenciales jurados para los años 2022 y 2023. Son 1.150 mujeres y 1.150 varones que resultaron sorteados del padrón electoral provincial, en un acto público realizado en abril de 2021. El sorteo, tal como indica el Código Procesal Penal, fue supervisado por el Tribunal Electoral Provincial y estuvo a cargo de Lotería de Río Negro.

Todas esas personas están siendo contactadas desde las Oficinas Judiciales Penales de cada Circunscripción para brindarles la información que necesiten.

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El Consejo de la Magistratura cerró el año judicial 2021 con 35 designaciones de titulares de juzgados, secretarías, fiscalías y defensorías del Poder Judicial de Río Negro. Para definir los nombramientos, el Consejo entrevistó a un total de 135 postulantes, quienes para llegar a esa instancia final de designación habían aprobado previamente las etapas de puntuación de antecedentes y exámenes de oposición de los respectivos concursos públicos.
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En el marco de un proceso de filiación, un fallo de Familia de San Antornio -confirmado por la Cámara- dispuso que un hombre deberá pagar una cuota alimentaria a favor de una niña hasta tanto se resuelva el resultado del ADN para verificar la paternidad.

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La noticia más vista en el sitio de Facebook institucional del Poder Judicial de Río Negro durante 2021 fue una medida cautelar a favor de una jubilada, víctima de una estafa bancaria. Una persona se comunicó para decirle que había ganado un premio y mediante engaños la condujo a un cajero y le robó la clave. Un fallo ordenó al banco que no se le descuente el préstamo que los estafadores obtuvieron.

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El Centro de Documentación Jurídica del Poder Judicial, entre sus múltiples servicios, ofrece la compilación en un solo sitio de la normativa nacional, provincial, jurisprudencia del STJ y resoluciones del máximo Tribunal relacionadas con el COVID.

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Una vecina de Viedma fue estafada tras un simulacro de compra por Facebook. Con diversos artilugios, lograron cambiar su clave de home banking y le sacaron dinero y préstamos de su cuenta. Un fallo civil ordenó una medida cautelar, que no resuelve el fondo, pero permite que el banco no le descuente el préstamos hasta que se resuelva la demanda principal.

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El conductor de al F100 que desde un camino rural de IDEVI “subió a la ruta como venía” y causó un choque, deberá resarcir a la acompañante del Peugeot 207 que resultó perjudicada por la maniobra imprudente. El vehículo menor era manejado por su pareja.

El siniestro vial se produjo por la noche, en marzo de 2018, cuando una pareja circulaba hacia Viedma por la ruta provincial 1, cuando repentinamente la camioneta se atravesó en cinta asfáltica, desde un camino rural.

El vehículo menor quedó inutilizable, productor de las graves averías, y la señora sufrió diversas lesiones. Primero se inició una causa penal, que culminó con una suspensión de juicio a prueba. De esta manera, la mujer inició una causa penal contra el conductor de la camioneta.

El hombre se negó al resarcimiento y argumentó que el que debía cubrir el siniestro era la compañía aseguradora. Por su parte, el seguro dijo que no correspondía abonar porque su cliente no había hecho la denuncia del siniestro.

El conductor de la F100 aseguró que la culpa era del vehículo menor, ya que según su parecer “se desplazaba a 130 km”.

Comenzó, entonces, la recopilación de la prueba. Un vecino de la chacra iba atrás del conductor de la camioneta. Destacó que llegando a la ruta, la camioneta conducida por el demandado "se mandó sin frenar, como venía".

Luego atestiguó una señora que le compró el Peugeot a la acompañante del conductor luego del siniestro. Lo adquirió por una cuarta parte de lo que valía “porque el auto estaba irreconocible, no servía para nada. Tenía todo el frente, el parabrisas y destrucción total de la parte de adelante”.

Luego, conocidos dieron cuenta de los trastornos que sufrió la señora por el recuerdo del siniestro vial y por la carencia de un vehículo para trasladarse. Durante semanas no pudieron ir a trabajar.

Más adelante declaró un mecánico que evaluó el auto: “El choque fue grande y se rompieron muchísimas cosas”. Al ser consultado si merecía la pena la reparación del vehículo señaló que cree que no, “porque con poquitas cosas superan el valor del vehículo nuevo por lo que dan destrucción total. Reparar ese auto valdría una fortuna”.

El perito descartó la velocidad como factor del siniestro vial, y lo atribuyó exclusivamente al factor humano. El ingeniero recordó que en ese sector no hay ningún cartel que advierta sobre la presencia de un cruce, y tampoco está marcada la doble línea amarilla. Pero si hay un cartel que dice “Pare” para cuando se viene por el camino de ripio, que obliga a los automovilistas a detenerse antes de ingresar a la ruta.

Agregó respecto al factor humano, que “quien debía subir a la cinta asfáltica debía extremar los cuidados. Más aún si se tiene en consideración que al venir el demandado por un camino rural e intentar incorporarse a una arteria de mayor importancia, es su obligación extremar los cuidados”.

Quedó probado, además, que la conductora del Peugeot circulaba entre 85 y 95 kilómetros por hora.

Con todas las pruebas, el juez civil concluyó que “el conductor del vehículo Ford F100 resulta exclusivamente responsable del siniestro ocurrido”.

En cuanto a la aseguradora, Agrosalta negó la cobertura porque dijo que su cliente no hizo la denuncia del siniestro vial. Sin embargo, el juez rechazo este argumento, ya que la póliza estaba en vigencia.

De esta manera, hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios y condenó al conductor de la F100 y a la aseguradora a abonar los daños materiales, por privación de uso y daño moral.

 

 

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Dos obras en edificios judiciales de distinta envergadura avanzan durante la feria estival. Por un lado, decenas de obreros trabajan en el edificio anexo a la sede central, sobre calle 25 de mayo. Por otra parte, personal propio trabaja en el recambio de cielorraso en las oficinas del fuero de Familia.

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El juicio abreviado permite llegar a una condena de hasta 10 años de prisión mediante un acuerdo entre el acusado, defensora o defensor, la fiscalía y la víctima querellante. Es una herramienta que aporta celeridad y economía al proceso penal, con una solución rápida y consensuada del conflicto. Forma parte de las herramientas de la Reforma Procesal Penal, que este año cumplirá 5 años de aplicación.

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