El juez Sergio Barotto, presidente del Superior Tribunal de Justicia, recibió el pasado miércoles en la ciudad de Buenos Aires el instrumento que lo reconoce como Diplomado en Derecho Constitucional Latinoamericano por la Universidad Austral.
Este lunes 16 de mayo, a las 15:30 horas, habrá un taller de capacitación para el Puma Civil. Pueden participar las y los intervinientes externos: profesionales de la abogacía, peritos e integrantes de organismos externos (Senaf, Caja Forense, etc). El nuevo sistema de administración de expedientes para el fuero Civil funcionará desde el 1 de junio.
Para facilitar el acceso de las personas al servicio de justicia y avanzar en la tramitación de expedientes mediante audiencias orales y presenciales, la Cámara Segunda del Trabajo de Roca comenzó a funcionar también fuera de su sede tradicional de Roca.
Un empleado rural mientras realizaba sus tareas habituales, se cayó al bajar de un tractor y sufrió una fractura en el fémur derecho. Luego del accidente fue intervenido quirúrgicamente en dos oportunidades, primero para la inserción de un clavo endomedular y posteriormente para la extracción de un cerrojo.
Según la presentación del trabajador, a la hora de fijar la incapacidad, la Comisión Médica “solo evaluó de modo equivocado la limitación funcional de la cadera y no consideró la pierna derecha, ni la inestabilidad que sufre”.
Agotadas las cuatro instancias formales de diálogo que el Poder Judicial habilitó desde 2019, y vencido el plazo final de 90 días que el juzgado había otorgado a la Cooperativa de Trabajo 1° de Mayo de Roca para restituir voluntariamente el predio donde funciona el aserradero de la asociación, este 9 de mayo la titular del Juzgado Civil N° 1 ordenó el desalojo del predio ubicado en la calle Alsina al 2900.
La fecha de desalojo no está definida porque la resolución no está firme, ya que la Cooperativa cuenta con un plazo legal para interponer eventuales recursos. Además, previo a desalojar, el demandante -a quien se restituirá el predio- deberá desocuparlo, trasladando la maquinaria, materias primas y demás elementos de la Cooperativa a un lugar de depósito hasta tanto la asociación posea un nuevo lugar para radicarse. Cumplido ese paso, el Ministerio de Seguridad de la Provincia deberá presentar un plan de seguridad para concretar el desalojo con auxilio policial, en caso de que para entonces no se hubiese desocupado voluntariamente el predio.
Plazos agotados
En noviembre de 2021 el juzgado había otorgado un plazo de 90 días para que la Cooperativa “desocupe de manera pacífica el predio y poder hacer entrega del bien inmueble al actor”, evitando así un desalojo con auxilio de la fuerza pública. La concesión del plazo tuvo en cuenta “que se trata de una Cooperativa de Trabajo conformada por aproximadamente 40 socios, que implica 40 grupos familiares; que deben transportar maquinarias de cierto peso y envergadura, maderas de gran porte y materiales varios” y “el impacto social que puede provocar esta decisión”.
En 2020 quedó firme de manera irreversible la sentencia original de la Cámara Civil de Roca que ordenó el desalojo de las tierras, por lo que las instancias de diálogo posteriores no fueron para volver a discutir algún derecho de permanencia de la Cooperativa en el predio, sino para tratar de consensuar cuándo y cómo se concretaría la restitución.
“Luego de dos año y cuatro meses, aún la demandada continua con su letargo, parálisis e insensibilidad para dar cumplimiento a las obligaciones a su cargo, escudándose en derechos que le han sido adversos. Este período ha sido desaprovechado y malgastado en gestiones inútiles que no han aportado resultados positivos para la Cooperativa”, sostuvo la jueza María del Carmen Villalba en su última resolución.
En noviembre se había definido que el plazo para la entrega vencía “indefectiblemente” el 11 de febrero de 2022, “bajo apercibimiento de ordenar de manera inmediata el desahucio”. Agotado ese plazo, el 16 de febrero la parte que impulsa el desalojo solicitó que se efectivice el desahucio. Entonces la Cooperativa solicitó la apertura de una nueva instancia de espera –puntualmente pidió “que se convoque a una mesa de diálogo con el Estado Provincial, Municipal y la Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma”- y pidió una nueva prórroga, que esta semana fue denegada.
La jueza desarrolló en su resolución el principio de “buena fe” que debe regir la conducta de todas las partes en un proceso judicial y recordó que “la ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos”. En ese marco dispuso: “Como argumento jurídico para rechazar este nuevo pedido de prórroga, con fundamentos en utopías de imposible cumplimiento, se puede señalar el ejercicio abusivo del derecho que ha hecho la parte demandada, autojustificándose en derechos no reconocidos para mantenerse en la ocupación”.
“La Cooperativa 1° de Mayo reiteradamente ha incumplido con la sentencia dictada en autos y, como ya se expresara en la sentencia del 11 de noviembre, la paciencia tiene un límite y este ha sido superado”, concluyó.
La historia del proceso
La demanda de desalojo se presentó en 2014 y finalizó con un fallo de la Cámara Civil a favor del Sr. Mario Leonardo López. Esa sentencia quedó firme en 2020 y no fue cumplida voluntariamente. A raíz de esa situación se inició el actual proceso sumarísimo de Ejecución de Sentencia, para poder hacer cumplir el fallo original.
El pasado 8 de noviembre la parte actora solicitó el “inmediato desalojo”, alegando que “su parte ha procurado por distintas vías lograr una solución pacífica al conflicto, con participación de distintos organismos públicos” y “pese a los esfuerzos realizados no se ha logrado aún un acuerdo consensuado para la entrega del bien”.
El 11 de noviembre se dictó la Resolución que puso fecha límite (11 de febrero de 2022) para la entrega de las tierras. Allí se realizó, además, una cronología del expediente y de las múltiples instancias conciliatorias que se habilitaron. Entre las más relevantes se enumeraron:
- El 7 de mayo de 2019, la jueza Civil de primera instancia María del Carmen Villalba rechazó la demanda de desalojo promovida por López contra la Cooperativa. López apeló.
- El 9 de diciembre de 2019, la Cámara Civil de Roca hizo lugar a la apelación de López, revocó la sentencia de primera instancia y dio curso al desalojo. Previendo “el impacto social” de la decisión, la Cámara abrió una instancia de diálogo. Ordenó que la Provincia y el Municipio participen para “establecer las modalidades en que se efectivizará el desalojo” y previó que “en caso de no arribarse a un acuerdo sobre las modalidades de la ejecución”, la jueza Villalba debía poner un plazo para concretar el desalojo. Esa sentencia quedó firme a comienzos de 2020.
- Una segunda instancia de diálogo se abrió el 16 de octubre de 2020 en una audiencia de la que participaron ambas partes, más representantes de los gobiernos municipal, provincial y nacional. Allí se pactaron 60 días más para dialogar, pero no se alcanzó ningún acuerdo.
- Vencido aquel plazo, se abrió una tercera instancia de diálogo a partir de junio de 2021, que tampoco tuvo éxito.
- En noviembre de 2021 se otorgaron los últimos 90 días para desalojar voluntariamente.
“Surge claro del derrotero procesal del presente desalojo que se han arbitrado todos los medios posibles para lograr una solución consensuada para evitar males mayores”, señaló la jueza en aquella resolución de noviembre. “Se ha procurado una solución pacifica y consensuada (…) todo hasta ahora con resultado negativo”, indicó.
“Las soluciones políticas que intentaron obtener los demandados no han dado resultado positivo; no hubo acuerdo con ninguno de los organismos de los tres poderes Ejecutivos, como mencionan, Provincial, Nacional o Municipal, ni tampoco un plan que pudieran cumplir o fijar un plazo para la solución del problema, ello pese a las concesiones dadas desde el Tribunal y la parte actora, pues a casi dos años, no han logrado un lugar a donde trasladar la sede laboral”, explicaba la resolución de noviembre.
La jueza finalizó aquella decisión recalcando que la parte demandada debe “asumir que el trámite de ejecución ha sido respetuoso con sus pretensiones, fundamentalmente la parte actora ha demostrado una tolerancia, temple y mansedumbre que ya ha sido agotada”.
Una trabajadora del Servicio de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales (SPLIF) de la ciudad de El Bolsón sufrió maltrato laboral y discriminación por su orientación sexual por parte de su jefa directa. Un fallo laboral ordenó una indemnización, más la obligación de realizar cursos dedicados a la formación y erradicación de la violencia laboral y el tratamiento de perspectiva de género.
Un estudio jurídico de Cipolletti estuvo paralizado durante más de un día a raíz de una interrupción en el servicio de internet. El abogado demandó a la compañía y reclamó daño moral. Durante ese lapso no pudo recibir notificaciones, correos electrónicos ni entregar los trabajos prácticos de un posgrado. Lo indemnizarán por 25 mil pesos.
Jueces y las juezas de Paz del Alto Valle participaron este jueves de un taller presencial sobre “Competencias relativas a violencia familiar, de género e intervención en casos de niñas, niños y adolescentes” que la Escuela de Capacitación Judicial está brindando en toda la provincia.
El Superior Tribunal de Justicia denegó el recurso extraordinario federal que interpuso el defensor de Carlos Erbin, el hombre condenado a prisión perpetua como autor del femicidio de una niña de 3 años en Los Menucos.
La condena por femicidio fue dictada por un jurado popular en Roca y la pena de prisión perpetua fue definida por un juez técnico. Desde aquella decisión judicial, la defensa viene presentando sucesivos recursos que han sido rechazados tanto por el Tribunal de Impugnación como por el Superior Tribunal de Justicia.
Un guardavidas que cumplía tareas en la segunda bajada de Las Grutas, al descender por la escalera de la torre de vigilancia, se resbaló y cayó desde una altura de tres metros. Impactó con todo el peso de su cuerpo sobre su codo izquierdo, mal posicionado.