El Superior Tribunal de Justicia anuló la decisión de la Cámara Civil de Bariloche que había dejado sin efecto las Ordenanzas del Concejo Deliberante de El Bolsón y la una Resolución Municipal en relación al emprendimiento Laderas. En lo sustancial, ratificó el antecedente “Ronco”, que estableció que para estos casos de alta complejidad se debe contrastar la prueba a través de un proceso contencioso administrativo. En este marco, el camino excepcional del amparo “no es la vía idónea para el cuestionamiento de los actos administrativos impugnados”.
Los dos conductores que participaron de un trágico choque en cadena deberán indemnizar al viudo y a los cuatro hijos e hijas de una mujer que falleció por el impacto final de uno de los autos. La mujer de 43 años caminaba por la vereda, a sólo tres cuadras de su casa, cuando un taxista que violó la prioridad de paso embistió con violencia a un VW Gol que circulaba sin frenos por una ciudad del Valle Medio, en el invierno de 2014.
Una mujer sufrió el robo de su celular y le hicieron gastos a su nombre a través de Mercado Libre. Aunque avisó a la empresa, no pudo evitar que se realizaran transacciones. Una medida cautelar ordenó a Mercado Libre que cese con los descuentos de dichas operaciones.
La resolución del juez Multifueros de El Bolsón destacó que "en el campo de los fraudes informáticos, la maniobra en el caso que nos ocupa, ha sido denominada como "phishing", es decir suplantación de la identidad tras obtener mediante ardid datos confidenciales del usuario.
Representantes de las Oficinas Judiciales del Poder Judicial de Río Negro participaron y disertaron en el encuentro nacional de Oficinas Judiciales en San Juan que se desarrolló durante tres jornadas.
El acto de apertura estuvo encabezado por el Presidente de la Corte de Justicia de San Juan, Juan José Victoria, junto a otros miembros del cuerpo.
Una cadena de locales deportivos de Bariloche deberá pagar a la asociación de artistas lo que las normas establecen por pasar música en sus siete sucursales en la localidad andina.
AADI CAPIF es la asociación Argentina que representa a los artistas intérpretes y a los productores de fonogramas, tanto nacionales como extranjeros, y se encarga de la percepción y administración de los derechos correspondientes por la ejecución pública de fonogramas.
El estudio jurídico de Cipolletti que se quedó sin internet por más de un día tendrá que ser compensado por la empresa que presta el servicio. Cuando se produjo el corte, la compañía argumentó que los trabajadores se habían confundido de usuario. Pero en la demanda se justificaron con un acto vandálico. Hubo una apelación y la sentencia fue confirmada.
El caso se resolvió en el juzgado de Paz de Cipolletti a través del mecanismo de menor cuantía. En esa instancia, se fijó un resarcimiento para el estudio por la suma de 25 mil pesos en concepto de daño moral.
La sentencia consideró probado que la actividad en el estudio jurídico se vió gravemente afectada por dos días. En este sentido la pericia informática confirmó la existencia de un registro de corte el día 11/06/2021. También se informó que el cliente realizó reclamos vía telefónica que fueron materializados en una orden de trabajo para la reconexión del servicio y otra generada directamente por la oficina de atención sucursal Cipolletti y con prioridad alta.
Por otra parte, todos los testigos fueron personas que trabajan en el estudio jurídico de titularidad del profesional y mencionaron la misma circunstancia: que los días 10 y 11/06/ 2021 el trabajo no se pudo realizar y que el letrado no pudo tampoco acceder al servicio para conectarse el posgrado que se hallaba cursando. La compañía demandada es Telecom Argentina S.A.
El caso tuvo una apelación ante el fuero Civil de Cipolletti. El abogado reclamó una mayor compensación por el daño moral. Sin embargo ese segundo fallo evaluó que no se encontraban “mayores indicios de afectaciones de índole espiritual ni subjetiva de ningún tipo” y confirmó la solución que ofreció el juzgado de Paz.
En lo que va del año, los Juzgados y Unidades Jurisdiccionales Civiles y Contencioso Administrativa dictaron 2.253 sentencias que pusieron fin a un conflicto. A nivel provincial, se registraron 4.298 nuevos expedientes.
El Juzgado de Familia de Luis Beltrán, a través del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, convoca a familias que quieran adoptar a una adolescente de 13 y un adolescente de 14 años de edad, que son hermanos.
La búsqueda se orienta a familias (tanto parejas como monoparentales) de todo el país, que cuenten con capacidad para brindarles contención y acompañamiento, ya que necesitan seguir potenciando su crecimiento, recibiendo estimulación en espacios que les brinden socialización, desarrollo físico y emocional.
Un fabricante textil pactó con el dueño de un negocio de Viedma la confección de 82 prendas de vestir que fueron entregadas pero no fueron pagadas totalmente, a pesar de los repetidos reclamos. Por ello, el fabricante inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Viedma.
Un hombre de profesión camionero fue condenado por desobedecer una prohibición de acercamiento en perjuicio de su expareja y de sus hijos. Estaba acusado en el fuero de Familia por ejercer actos de violencia de género y en ese contexto no respetó la perimetral. Por falta de antecedentes recibió una pena en suspenso pero deberá realizar un curso de masculinidades ante el municipio de su ciudad.
Un fallo civil ordenó indemnizar con el valor de un cero kilómetro a un vecino de Viedma que le inició juicio a una fábrica de autos y a una empresa de planes de ahorros. El punto central de la sentencia es la falta de información ante la sospecha que le fijaron las cuotas del plan usando como referencia un valor del auto mayor al que tenía el mismo vehículo en el sistema de compra tradicional en una concesionaria. La decisión judicial de primera instancia no está firme.
Las compañías no brindaron información en el expediente judicial ni aportaron la documentación solicitada para realizar las pericias. A raíz de ese silencio el juez concluyó: “puede inferirse que existen valores diferenciados en vehículos 0 km. que se comercializan mediante planes de ahorro y a través de concesionarias”, algo que no está permitido por los contratos de adhesión que redactan las mismas empresas.