Celebraciones familiares durante las elecciones
El TEP informó que toda comunicación o autorización referida a la celebración de fiestas o eventos particulares deberá ser efectuada ante el Juzgado de Paz de la localidad.
Apertura de locales durante las elecciones
Se encuentran prohibidos los actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresas o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos o cualquier otra propaganda proselitista desde 32 horas antes de la iniciación de las elecciones, es decir, a las 24 del día viernes 5 de abril.
Además los casinos y lugares bailables podrán funcionar hasta las 24 del día sábado 6 de abril y podrán reabrir sus puertas tres horas después de la hora de finalización de las elecciones, o sea a las 21 del 7 de abril.
Está permitida la apertura y funcionamiento de restaurantes, casas de comidas, confiteras y afines pero con la expresa prohibición de venta de bebidas alcohólicas hasta después de las tres horas de la clausura de las elecciones, es decir, hasta las 21 del 7 de abril.
Por último, el TEP dispuso que se encuentran prohibidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral durante las horas de las elecciones.